El servicio gratuito de asistencia jurídica en Gipuzkoa a personas en riesgo de perder su vivienda ha evitado un total de 105 desahucios en los últimos ocho años, tal y como figura en la memoria de actividad a la que ha tenido acceso este periódico. Se ha intervenido en un total de 25 municipios del territorio, con especial incidencia en Irun (una treintena de casos), localidad en la que cuenta con despacho la letrada Yolanda de Pablo, encargada de llevar a cabo la asistencia jurídica de este servicio creado por la Diputación en mayo de 2015, con el fin de asesorar a personas que corren el riesgo de perder su vivienda habitual.

“Ahora mismo, con la que está cayendo, hay ayuntamientos que no saben que existe este servicio. Es una pena porque me consta que muchas personas están teniendo grandes problemas con la subida del Euríbor”, asegura la letrada. El informe detalla que el ámbito de intervención del servicio es “extraprocesal”, es decir, el estadio previo al procedimiento judicial, una vez se desencadena la situación de riesgo de impago. Una pronta actuación “permite un ahorro de costes económicos y emocionales tanto a la familia como a la sociedad en su conjunto”, señala el documento, que detalla un amplio abanico de casos atendidos en los últimos años a lo largo y ancho del territorio. Hay cinco expedientes abiertos en la actualidad. Tres de ellos en Irun.

Una de las familias atendidas es un matrimonio, de 54 y 60 años, que convive con una hija mayor de edad sin medios propios de subsistencia. El marido tiene una discapacidad física del 85%. En 2001 contrataron un préstamo hipotecario de 57.000 euros para financiar su vivienda habitual. Él se dedicaba a la venta ambulante, pero sus ingresos disminuyeron una vez que comenzó a tener problemas de salud en 2017. Se multiplicaron las dificultades para pagar la cuota.

Se acordó verbalmente con la entidad financiera el abono de unos 300 euros mensuales. La familia percibe actualmente 751 euros del Ingreso Mínimo Vital (IMV), 400 de prestación por discapacidad y 220 de ayuda a la dependencia. La entidad financiera les ha propuesto vender la vivienda para poder afrontar el pago. “Esta reclamación no es aceptable en cuanto que la familia se halla en situación de vulnerabilidad social y económica y, según la legislación, tiene unos derechos que la entidad financiera no está dispuesta a reconocer”, señala la letrada.

Reestructuración de la deuda

Cita entre ellos -dentro del llamado Código de Buenas Prácticas- que el abono de la cuota no supere el 40% de sus ingresos. “De hecho, eso es lo que se había acordado verbalmente y lo que se estaba haciendo hasta ahora”, señala el escrito, si bien la entidad financiera “ha propuesto vender la vivienda, por lo que consideramos que ya hay una refinanciación verbal que debe elevarse a escritura pública”.

En mayo de 2022 se realizó una solicitud formal para que la entidad financiera aplicara el Código de Buenas Prácticas reconociendo el derecho de la solicitante a la reestructuración de la deuda. Se admitió a trámite la solicitud, pero en agosto de 2022 la familia recibió una carta comunicándole que el préstamo había sido cedido a ZIMA FINANCE DESIGNATED, el mismo fondo buitre con sede en Irlanda al que se vendió un paquete de 2.500 préstamos afectados por diversos grados de morosidad, según denunció el año pasado en el Parlamento Vasco Stop Desahucios Euskadi.

La letrada informa de que se volvió a realizar a esta entidad la misma solicitud sin que hubiera respuesta alguna. En abril la familia recibió una carta del fondo de inversión en la que se reclamaba la deuda pendiente del préstamo. Daban un plazo de un mes, aduciendo que en caso contrario interpondrían demanda de ejecución hipotecaria. La abogada se puso en contacto con Servihabitat -la firma inmobiliaria gestora en el Estado de ZIMA- para recordarle que, en cumplimiento del Código de Buenas Prácticas, el Código civil establece que en una cesión de un crédito “se asumen los derechos, pero también las obligaciones”.

La firma respondió que ZIMA no estaba acogida al Código de Buenas Prácticas, por lo que planteaba a la familia vender la casa o buscar otra entidad financiera que le prestara la cantidad que adeudaban. “Consideramos que si la entidad financiera inicial aceptó reestructurar el préstamo, esta obligación la debe asumir también ZIMA. La familia reúne marcados presupuestos de vulnerabilidad tanto social como económica”, asegura de Pablo.

Perfil de casos atendidos

El documento detalla que el perfil de casos atendidos durante estos últimos ochos años en Gipuzkoa no obedece solo a causas económicas. A menudo concurren "razones de discapacidad", problemas sociales y familiares. “Ocurre que a menudo la discapacidad no es superior al 33%, lo que dificulta el acceso a los beneficios de la normativa de deudores hipotecarios sin recursos. Un colectivo con el que se da la paradoja -señala el informe- de que no tiene derecho a una prestación económica, pero a la vez, se hace más dificultosa su inserción laboral para obtener recursos”.

Otro perfil habitual es el de mujer divorciada a la que se asigna junto con sus hijos el uso de la casa. “Si bien la propiedad de la misma sigue siendo al 50% del ex marido, lo cierto es que a menudo deja de abonar el crédito hipotecario y la mujer no puede pagarlo en su totalidad”. Así lo ha podido constatar esta letrada, que también ha atendido dos casos de mujeres que habían enviudado, viendo disminuidos sus ingresos para afrontar el crédito.

“Nuestra estrategia a la hora de intervenir siempre es, en primer lugar, intentar retomar el crédito de tal manera que la familia permanezca en la vivienda”, recalca la letrada, quien ve “absolutamente injusto” que cuando la persona deudora es de buena fe -la totalidad de casos que recoge el documento- sea el deudor, la parte más débil de la relación contractual, quien tenga que asumir en su totalidad la depreciación del precio de la vivienda. “Este hecho es ajeno a la voluntad de las partes, y previsible también por el acreedor en el momento de celebrar el contrato”, señala la letrada.

Lamenta que las negociaciones, en ocasiones, marchan al ritmo que la entidad estima necesario, e incluso se prolongan en el tiempo de forma “alarmante e innecesaria”. Algo que, según la abogada, provoca “nefastas consecuencias económicas en los deudores, que son los que han de soportar los intereses y gastos ocasionados”.