El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha reconocido a una cuidadora de personas mayores que contrajo covid persistente en su puesto de trabajo un recargo de prestaciones del 30% sobre la pensión de incapacidad permanente total que le fue concedida, informa ELA.

Según explica en una nota este sindicado, el TSJPV ha adoptado esta decisión por "la falta de medidas de seguridad" en la Residencia Sagrado Corazón de Errenteria, donde trabajaba la afectada.

La perjudicada, que ha sido representada en este asunto por Bidelagun Fundazioa, alegó el incumplimiento por parte de la empresa de los protocolos de seguridad elaborados por el Gobierno Vasco y el Ministerio de Sanidad en materia de limpieza e higiene.

Apoyo de ELA

Ahora, ELA destaca la importancia de esta resolución del TSJPV, no sólo por sus consecuencias materiales y económicas, sino porque también "pone el foco en la actuación irresponsable y negligente en materia preventiva" tanto de Kabia, organismo público dependiente de la Diputación de Gipuzkoa que gestiona las residencias, "como de la empresa adjudicataria Eulen Servicios Sociosanitarios".

El sindicato considera que la sentencia "deja en evidencia las condiciones de precariedad y falta de seguridad en las que se trabaja en las residencias de titularidad pública de la Diputación de Gipuzkoa".

En este sentido destaca que, según la sentencia, "existió una pasividad por parte de las codemandadas en cuanto a garantizar la limpieza de las instalaciones" y que "la mala gestión del comité de crisis es la que derivó en la ausencia de limpieza de las instalaciones durante días".

Asumir responsabilidades

"La organización empresarial no puede derivar en ningún riesgo para las trabajadoras", incide la resolución, que también pone de manifiesto que "el hecho de que el comité de crisis -formado por la dirección de Kabia y por miembros de Eulen- pretendiera que la limpieza no se hiciera por personal de limpieza, sino por auxiliares de enfermería, no exime de responsabilidad a las empresas que están obligadas a dispensar una protección eficaz a sus trabajadoras más allá de las exigencias reglamentarias".

ELA resalta además la relevancia de que "este éxito judicial" para la trabajadora se produzca "contra el criterio de la Inspección de Trabajo, que no consideró que hubiese concurrido falta de medidas de seguridad en la actuación de Kabia y de Eulen pese a los graves y evidentes incumplimientos cometidos".

En paralelo, Bidelagun Fundazioa y ELA destacan también esta sentencia también "porque da visibilidad" a las personas afectadas por covid persistente.