El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha ratificado el fallo del Juzgado de lo Social número 4 de Donostia que declaró vulnerado el derecho a la huelga de las trabajadoras de limpieza del Hospital de Donostia, convocada por ELA, cuando "la empresa les obligó a disfrutar de sus vacaciones".

En un comunicado, ELA ha recordado que "las trabajadoras de Optima habían prefijado los periodos de vacaciones para junio y julio", pero durante su convocatoria de huelga en julio del pasado año, las trabajadoras manifestaron a la empresa su voluntad de seguir ejerciendo el derecho de huelga y que estas vacaciones deberían concretarse al finalizar la misma.

Les impuso vacaciones

El sindicato ha apuntado que "la empresa les impuso vacaciones de forma unilateral durante esos días, por lo que vulneró su derecho de huelga". Ahora el TSJPV ratifica que "al llegar las fechas de las vacaciones, la empresa pagó las cotizaciones y el salario de las trabajadoras que hacían huelga, se creó un acto ajeno al ejercicio de este derecho, y que por decisión unilateral del empleador, dejaron de estar en huelga y pasaron a estar de vacaciones", han explicado desde el sindicato.

El Tribunal añade que "ello obstaculizó el ejercicio de la huelga e impidió a las trabajadoras disfrutar de las vacaciones una vez finalizada la misma, y que el desarrollo de la huelga no puede estar condicionado por las vacaciones".

El TSJPV ha impuesto una indemnización de 10.000 euros para ELA, al considerar que su derecho de huelga "también fue vulnerado". El sindicato ha anunciado que seguirá "utilizando la huelga como instrumento de la lucha de clase", ya que por esta vía "se han conseguido muchas victorias importantes de la clase trabajadora".