- Un Juzgado de Donostia ha condenado al Banco Santander a reintegrar un total de 30.301 euros, más los correspondientes intereses legales, a un matrimonio de Zarautz que invirtió esta cantidad en acciones y derechos del Banco Popular.

Según recoge la sentencia difundida ayer, los afectados compraron el 7 de junio de 2016 unos derechos del Banco Popular, entidad que fue adquirida por el Santander en 2017, por importe de 5.601 euros, mientras que unos días después, el 20 del mismo mes, adquirieron acciones valoradas en otros 24.700 euros.

El texto judicial indica que el matrimonio afectado no pudo “valorar el riesgo real que se derivaba del producto, en cuanto a la mayor o menor posibilidad de sufrir pérdidas económicas”.

“Es decir -añade la sentencia-, la pérdida económica no se derivó de la subida y bajada del valor de las acciones en el mercado por el juego ordinario del mismo, sino que derivó de la situación financiera de la emisora, que no se expuso a los inversores en el folleto informativo de la ampliación de capital de mayo de 2016”.

Una situación que conlleva la nulidad de la adquisición de derechos y acciones realizada por los damnificados y la devolución de los 30.301 euros invertidos más los intereses correspondientes.

Esta sentencia no es firme, ya que puede ser impugnada en apelación ante la Audiencia de Gipuzkoa en un plazo de veinte días.