Se pasaron de la raya con los altavoces y la línea de la legalidad, según la normativa del ruido, está fijada en 30 decibelios. Y en este caso, la música emitida desde el local alcanzaba los 33 decibelios en un domicilio, por lo que el Ayuntamiento de Pamplona decidió sancionar a este bar situado en la calle Monasterio de Aberin, en el barrio de San Juan, con una sanción de 21 días naturales sin emisión de ruidos, es decir, sin música. Puede abrir sin activar los equipos.

El establecimiento recurrió la sanción, alegando que se trataba de un local en el que la música era pieza clave para atraer clientes por la noche, su principal fuente de ingresos, y cuestionaba la medición efectuada por la Policía. Sin embargo, el Juzgado de lo Contencioso 3 de Pamplona ha avalado la decisión y el bar permanecerá 21 días sin música. El juez dice que en el presente caso se han acreditado los hechos sancionados. Estos ocurrieron el 27 de noviembre de 2021 a las 01.23 horas, en la actividad del bar se produjeron ruidos cuya emisión en un dormitorio de viviendas cercanas llegó a 33 decibelios.

Del acta de medición, como de lo certificado por los agentes que realizaron la medición del ruido, se puede constatar que en la misma se cumplieron los requisitos legales. Y ello tanto respecto a que antes y después de cada medición se procediera a la verificación acústica de la cadena de medición por calibrado sonoro, como en lo relativo al margen de desviación y que no fuera superior a 0,3 dBA. Constan en el sonómetro empleado el día de los hechos que estaba debidamente verificado y no hay dato alguno para entender que dicho certificado de verificación no fuera válido para el día de los hechos.

Además, señala la sentencia, del hecho señalado por la parte recurrente que se procedió a realizar un ajuste de los equipos de medición sonoros en el local se desprende que en el día de los hechos había un desajuste en los mismos.