El Tribunal Constitucional (TC) ha admitido a trámite un recurso de amparo de GuraSOS contra la sentencia del TSJPV que determinó que esta asociación incurría en "falta de legitimación activa" para actuar ante la justicia en casos relacionados con la planta de quema de residuos de Zubieta, en Donostia.
Cumple con los requisitos
"La clave de la posible sentencia del TC no está ya en la habilitación de esta asociación para presentar iniciativas por vía judicial, porque GuraSOS a día de hoy ya cumple con los requisitos legales para ello", señala la asociación en una nota.
Dice que "la cuestión medular de dicha sentencia está en si obligará o no al TSJPV a entrar en el fondo del asunto y a pronunciarse sobre la ilegalidad de la autorización de la incineradora, por las consecuencias que de ello podrían derivarse en relación con su funcionamiento".
El colectivo contrario a la incineradora de Zubieta destaca que "solo un 1 %" de los recursos de amparo son admitidos a trámite por el TC, lo que en su opinión "pone de relieve la importancia del presente caso".
La Sala Segunda del alto tribunal ha emitido una providencia en la que señala que en el recurso de GuraSOS concurre "una especial trascendencia constitucional" porque plantea "un problema o afecta a una faceta de un derecho fundamental sobre el que no hay doctrina de este Tribunal".
GuraSOS ha apelado, en concreto, el fallo de marzo de 2021 del alto tribunal vasco que no admitió el recurso presentado por GuraSOS contra la Autorización Ambiental Integrada (AAI) de la incineradora.
Falta de legitimación activa
La asociación guipuzcoana dice que el TSJPV "eludió explícitamente entrar en el fondo del asunto y evitó así pronunciarse sobre la legalidad de la autorización de la incineradora, que quedó sin juzgarse arguyendo 'falta de legitimación activa' por parte de GuraSOS para recurrir".
Posteriormente, la asociación acudió en casación ante el Tribunal Supremo, que no admitió a trámite el recurso, recuerda GuraSOS.