El juzgado de lo Social número 2 de Donostia ha condenado a Cofivacasa y Sidenor al pago de 304.950 euros a un hombre que padece cáncer pulmonar tras trabajar en Orbegozo-Acenor 28 años con exposición al amianto.

Según ha informado en un comunicado la Asociación de Víctimas del Aminato de Euskadi el juzgado ha impuesto a estas empresas, como sucesoras de Orbegozo-Acenor, el pago de 154.450,06 euros por el carcinoma de pulmón que padece el afectado además de 50.000 por daños morales y 100.500 por perjuicio moral y pérdida de calidad de vida.

El hombre trabajó entre 1967 y 1995 como laminador y posteriormente en la "tijera del tren" en la empresa Pedro Orbegozo, posteriormente Acenor, un periodo en el que estuvo expuesto al amianto por su presencia en la cinta que protegía las mangueras de aire o cableado eléctrico y cuando limpiaba la escoria en los hornos.

Por esta razón en noviembre de 2019 fue incluido por Osalan en el fichero de trabajadores posiblemente expuestos al amianto en la CAV, señala Asviamie.

En junio de 2017 se le diagnostica un adenocarcinoma pulmonar y en diciembre de 2020 el INSS le reconoció la incapacidad absoluta derivada de enfermedad profesional.

Cofivacasa y Sidenor Industrial plantearon falta de legitimación pasiva por no existir sucesión de empresa y alegaron que el trabajador no estuvo expuesto al amianto y contrajo la enfermedad por fumar.

La sentencia señala que queda acreditado que la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI), era la titular de las acciones de Acenor, que fueron transmitidas a Cofivacasa por lo que "se subrogó en todos los derechos y obligaciones de ACENOR, sin limitación alguna", afirma el comunicado.

Señala que la prueba documental, testifical y pericial médica "acreditan la inexistencia de medidas de prevención adecuada y causa de la invalidez absoluta", afirma Asviamie.

La sentencia subraya que la empresa "incumplió la normativa genérica de seguridad, no realizó mediciones de la concentración de amianto en el ambiente de trabajo, no informó a los trabajadores del riesgo ni les lavó la ropa de trabajo" por lo que considera que "la enfermedad contraída deriva de aquel incumplimiento empresarial", señala Asviamie.

Esta asociación ha mostrado su satisfacción por la sentencia y ha reclamado a Cofivacasa y Sidenor que abandonen la vía de los recursos judiciales, "reconozcan el daño causado" e impulsen la creación de un fondo de compensación.