- La Audiencia de Gipuzkoa acordó prorrogar dos años más, hasta los cuatro que constituyen el límite legal establecido, la situación de prisión provisional del fotógrafo donostiarra Kote Cabezudo, procesado por presuntos abusos a modelos, estafa y otros delitos contra la libertad sexual.

La Sección Primera de la Audiencia ha adoptado esta decisión a petición de la Fiscalía y la acusación particular, que ejercen las víctimas del procesado, que se halla en la prisión de Martutene desde el 4 de mayo de 2018.

El denominado caso Cabezudo es un complejo asunto judicial con una causa principal, iniciada en 2013, en la que el fotógrafo se halla procesado por la posible comisión de 47 delitos, varios de ellos contra la libertad sexual de sus modelos.

De ella penden múltiples pequeñas causas desgajadas, la mayor parte por presuntos delitos de desobediencia grave a la autoridad judicial, coacciones a las víctimas y obstrucción la Justicia que, según la acusación particular, se cortaron “de raíz” a partir de su ingreso en prisión provisional.

En la vista del pasado 22 de abril, tanto la Fiscalía como la representación de las víctimas reclamaron que Cabezudo continúe en la cárcel al entender que “existen indicios” suficientes de su participación en los hechos y que persiste el riesgo de fuga. Asimismo, subrayaron la posibilidad de que una vez puesto en libertad el fotógrafo pudiera continuar “atentando contra bienes jurídicos de las víctimas”.

La defensa, por su parte, adujo que no concurre en el caso de Cabezudo “ninguno de los fines legítimos en los que debe basarse la prisión provisional” y recordó que mientras su cliente permaneció en situación de libertad provisional cumplió con todas las medidas cautelares que se le impusieron, además de contar con 72 años de edad, una hija menor y arraigo en Donostia.

La letrada también puso de manifiesto, entre otros argumentos, “la imposibilidad de fuga ante la situación de estado de alarma con motivo de la pandemia del COVID-19”.

La Audiencia de Gipuzkoa rechaza estos argumentos y acoge los de las acusaciones, al constatar la existencia en el caso de “indicios suficientes” de los delitos por los que ha sido procesado el fotógrafo.

El auto recuerda que mientras estuvo en libertad “no cumplió, aparentemente, con los requerimientos judiciales de poner fin a la difusión de imágenes de las querellantes, que atentaban contra su derecho a la intimidad” y aprecia riesgo de fuga del procesado.

El auto recuerda que el fotógrafo “no cumplió” con los requerimientos para no difundir en las redes las imágenes de las querellantes