El Tribunal Supremo (TS) también ha rechazado el recurso que el expresidente de la Real Sociedad Iñaki Badiola interpuso contra la absolución del exdirector de la Hacienda foral de Gipuzkoa Pedro Mari Ruiz de Azua de un delito de prevaricación por un supuesto trato de favor al club donostiarra.
Como ya hizo en noviembre de 2022 la Audiencia de Gipuzkoa, el Supremo ha vuelto a desestimar ahora el recurso de Badiola contra la absolución de Ruiz de Azua, decretada inicialmente por el Juzgado de lo Penal número 2 de Donostia en abril de aquel mismo año 2022.
Aunque la Fiscalía no había presentado acusación alguna contra Ruiz de Azua, este fue imputado por Badiola, presidente de la Real Sociedad en 2008, por el supuesto trato de favor a esta entidad durante la investigación de irregularidades fiscales al haber remitido a la vía administrativa, en lugar de a la penal, el pago irregular, en concepto de derechos federativos y a través de paraísos fiscales, de las fichas de varios futbolistas entre los años 2004 y 2008.
Absuelto en 2022
No obstante, el exresponsable foral no fue encontrado culpable de este delito por el Juzgado de lo Penal número 2 de Donostia, que lo absolvió en abril de 2022.
Contra esta decisión, Iñaki Badiola presentó un recurso de apelación que fue rechazado meses después por la Audiencia de Gipuzkoa por entender que la "motivación" de la resolución dictada inicialmente por el Juzgado de lo Penal era "perfectamente razonable".
La Audiencia indicó entonces que la actuación de Ruiz de Azua no era "subsumible en un delito de prevaricación" e insistió en que la sentencia de instancia no incurrió "en grosera contradicción" con el ordenamiento jurídico ni en "irracionabilidad" alguna.
El Supremo confirma a la Audiencia de Gipuzkoa
Ahora, en una nueva resolución a la que ha tenido acceso la agencia Efe, el Tribunal Supremo mantiene estos pronunciamientos de la Audiencia guipuzcoana, cuya sentencia además no era susceptible de "ser recurrida en casación", lo que incluso debería haber motivado que el recurso hubiera sido "inadmitido" a trámite.
A pesar de ello, el Tribunal Supremo descarta que la actuación de Ruiz de Azúa fuera "arbitraria o contraria a derecho" sin que se le pueda aplicar tampoco "el tipo penal de prevaricación administrativa", como recoge la resolución.
Querella contra altos cargos
El inicio de este procedimiento se produjo con una querella de Badiola tanto contra Ruiz de Azua (director de Hacienda en la legislatura 2007-2011), como contra el diputado de Hacienda en esos momentos, Pello González, el diputado de Deportes, Iñaki Galdos, el exdiputado general, Markel Olano, y la subdirectora de Inspección Tributaria, María del Coro Pereiro.
En octubre de 2018, el juzgado que investigaba el caso archivó la querella, pero el expresidente realista recurrió ante la Audiencia de Gipuzkoa, la cual confirmó el sobreseimiento de las actuaciones respecto a todos los querellados, salvo Ruiz de Azua, quien se vio obligado a sentarse en el banquillo de los acusados en 2022.
No obstante, Ruiz de Azua fue absuelto por el Juzgado de lo Penal, en una decisión confirmada primero por la Audiencia de Gipuzkoa y ahora por el Tribunal Supremo en una sentencia contra la que ya no cabe recurso alguno.