No por previsible, debido a las anteriores resoluciones dictadas por el mismo órgano en asuntos de índole similar, la erupción ha sido menor. El Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha rebajado en un año –de 15 a 14 años– la pena de prisión impuesta por el Tribunal Supremo a Ángel Boza, uno de los cinco condenados de la Manada por la violación grupal de los sanfermines de 2016 en aplicación de la ley del sólo sí es sí.

Fue el único condenado que había recurrido hasta ahora, pero los otros cuatro lo harán seguramente en un futuro. La rebaja de condena también será recurrida por las acusaciones y al final será el Supremo el que deba interpretar su propia sentencia y, por tanto, explicar cuál era su voluntad al imponer 15 años de prisión con la ley anterior y si la misma pena cabe ahora con la nueva ley.

La Sala de lo Civil y Penal del TSJN sostiene que la condena debe reducirse puesto que el propio Tribunal Supremo señaló en su sentencia que imponía una condena de 15 años, “próxima” o “cercana” al mínimo legal, unos mínimos que la citada ley rebajó “sensiblemente”. Así, según explica la Sala, la pena máxima continúa inalterada, pero la mínima desciende 1 año y 3 meses, pasando de 14 años, 3 meses y 1 día a 13 años. “En consecuencia, los 15 años de prisión impuestos quedan 2 años por encima del mínimo posible que, efectivamente, están dentro del arco penológico posible, pero que, a juicio de la mayoría de esta Sala, ya no cumple el parámetro fijado por el Tribunal Supremo en su sentencia cuando calificaba la pena impuesta como “muy próxima al mínimo legal”, argumenta. La resolución, que puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo, ha sido adoptada por los magistrados Joaquín Galve Sauras, presidente del TSJN y ponente de la misma, y Francisco Javier Fernández Urzainqui. La tercera integrante de la Sala, la magistrada Esther Erice Martínez, ha formulado un voto particular en el que aboga por desestimar la revisión de condena, como hicieron la Fiscalía, las acusaciones del Ayuntamiento de Pamplona y el Gobierno de Navarra y la acusación particular de la víctima, muy decepcionada con el auto.

"No solo es un cómputo aritmético"

La magistrada Esther Erice, integrante de la Sala Civil y Penal del TSJN, experta en violencia machista y asidua en la discrepancia con sus compañeros de sala sobre la interpretación de la ley del sólo sí es sí, explica a este periódico su postura con el voto particular que ha emitido en el caso de Ángel Boza.

Erice subraya que “la opinión de mis compañeros es igual de respetable, legítima y no resulta infundada. Por ello va a ser finalmente el Supremo quien tenga que interpretarse a sí mismo y decirnos cuál era su voluntad al imponer esa pena de 15 años. Sabido es que la nueva ley rebaja los mínimos de algunos supuestos de pena. En este caso los hechos juzgados tienen una pena inferior. En la interpretación que realizo de la sentencia del Supremo, entiendo que no puede trasladarse sólo un mero cómputo aritmético de la pena con la nueva legislación. La sentencia del Supremo estableció aquella pena de prisión de 15 años cuando el mínimo legal entonces eran 14 años y 3 meses. Decía el tribunal que aquella pena se encontraba muy próxima al mínimo legal pero, al no imponer dicho mínimo, entiendo que conviene leer lo que dijo el Supremo en su día para determinar la condena. Y ahí es cuando entra en juego el principio de proporcionalidad que debemos respetar. Es decir, el Supremo veía proporcional los 15 años atendiendo a la gravedad del caso y a las circunstancias personales y conducta posterior de los acusados. Esos son todos los elementos concurrentes que, a mi criterio, hay que tener en cuenta ahora”.

A juicio de Erice, la discrepancia en el seno del TSJN “evidencia que existen dos formas distintas de interpretar la revisión de la pena atendiendo a la nueva legislación y ambas alcanzan razonamientos lógicos. Eso no ocurre, por ejemplo, en aquellos casos evidentes en los que el tribunal sentenciador dictó una pena mínima a sabiendas de que lo hacía y que, por tanto, ahora sí deberían acomodarse a la nueva horquilla penal. Pero ese no es este caso. No estamos ante un mero caso de proporcionalidad aritmética”.

La magistrada lanza también un mensaje de calma para los casos que puedan darse en un futuro y para quien aproveche el oportunismo del momento para analizar esta resolución de manera malintencionada. “Creo que también tenemos que trasladar el mensaje de que las víctimas pueden sentirse seguras. Estamos hablando en todo caso de una pena muy grave de 14 años de prisión, además de 20 años de alejamiento de la víctima y 8 años de libertad vigilada. Esto no se puede interpretar como un carrusel de oportunidades. La respuesta penal sigue siendo muy dura a pesar de que las discrepancias jurídica sean fundadas”.

Los magistrados consideran que “el mantenimiento de la pena de 15 años impuesta en la sentencia dejaría de guardar la proximidad o cercanía al mínimo legal del arco penológico previsto, que la Sala sentenciadora (el Tribunal Supremo) consideró y fijó como parámetro o referente en su individualización. Dicho de otra manera, la alejaría de él”, explican los jueces Galve y Fernández Urzainqui. Estos jueces resaltan que resulta “claro que la horquilla penológica derivada de la Ley es más favorable o beneficiosa para el reo”.

Sin embargo, la magistrada Esther Erice, que ha discrepado con sus compañeros en al menos media docena de resoluciones sobre las rebajas de la nueva ley, ha emitido también en este caso un voto particular en el que aboga por mantener los 15 años de prisión. Ella entiende que el Supremo fijó esa pena y que ahora no ve pertinente una mera proporcionalidad aritmética, ya que debe atenderse no sólo a la cercanía de la pena de 15 años al nuevo mínimo posible, sino también a la gravedad de los hechos, según se valora en la sentencia que se ejecuta, que veía proporcionados los 15 años “a las circunstancias personales de los acusados”.

Para Irene Montero, ministra de Igualdad en funciones, “el consentimiento y el derecho a la libertad sexual deben ser garantizados por todos los poderes del Estado”. “Esta decisión del TSJN es muy dolorosa, especialmente para la víctima. Nos hacemos cargo de su dolor y sabemos que todas las víctimas merecen reparación”, manifestó.

Por su parte, la abogada, Teresa Hermida, que defiende a la víctima, ya trabaja en el recurso con el que se opondrán ante el Supremo a esta decisión judicial y lamenta el “efecto devastador” que la resolución ha causado en la víctima y en su familia. “Ella no entiende que una ley que casi lleva su nombre, a pesar de que ella nunca la pidió ni abanderó, haya acabado beneficiando a uno de sus violadores. Se siente decepcionada y, lo más preocupante, otra vez revictimizada”, denuncia.

“Tiene la sensación de que nunca le dejarán superar lo que ha sufrido. Cuando parece que está saliendo adelante, con mucho esfuerzo, siempre llega algo que la devuelve al día de la violación y vuelta a empezar”, añade.