DONOSTIA - El juzgado de menores deberá decidir el próximo mes de julio si Ander Etxeberria, el asesino de Amaia Azkue que cumple una medida de 10 años de internamiento en el centro de reforma de Ibaiondo de Zumarraga, es trasladado a un centro penitenciario para adultos, al cumplir 21 años en agosto. La juez encargada del caso celebrará con este motivo una vista a mediados de julio, en la que escuchará los argumentos de la Fiscalía, del letrado del condenado, del equipo técnico y de “la entidad púbica de protección o reforma de menores” para decidir después, en una resolución motivada, sobre el eventual traslado a prisión del encausado o su mantenimiento en Ibaiondo.

Este joven fue condenado el 2 abril de 2012 a diez años de internamiento en régimen cerrado y cinco más de libertad vigilada por el Juzgado de Menores de Donostia, en una sentencia que fue confirmada semanas después, el 15 de mayo, por la Audiencia de Gipuzkoa.

Esta sanción es la medida de mayor grado que se puede imponer a un menor de 17 años, edad que tenía el procesado el 16 de marzo de 2011, cuando cometió el crimen, si bien para el momento en el que fue juzgado el joven ya había cumplido los 18.

Según recoge el artículo 14 de la Ley Orgánica Reguladora de la Responsabilidad Penal de los Menores, en caso de que un condenado hiciera los 21 años sin haber finalizado en su totalidad las medidas de régimen cerrado que se le impusieron, el juez de menores “ordenará su cumplimiento en un centro penitenciario conforme al régimen general”, tras escuchar los argumentos del Ministerio Fiscal, del letrado del menor, del equipo técnico y “la entidad púbica de protección o reforma de menores”.

No obstante, este artículo incluye también una excepción para casos en los que el juez “entienda, en consideración a las circunstancias concurrentes”, que procede su permanencia en el centro de reforma “cuando el menor responda a los objetivos propuestos en la sentencia”.

La normativa mantiene también la potestad del juez en este acto para dejar sin efecto las medidas impuestas, reducirlas o sustituirlas por otras si considerase que existen circunstancias que apoyen esta posibilidad.

el caso Los hechos por los que fue condenado ocurrieron, según la sentencia del caso, sobre las 12.35 horas del 16 de marzo de 2011, cuando Etxeberria abordó a Amaia Azkue en el aparcamiento del un hipermercado de Zarautz y, “guiado por el propósito de procurarse un beneficio económico”, se coló en su vehículo, en el que ambos se desplazaron a otro lugar.

En este punto, “aprovechándose de su superioridad física” y “valiéndose” de las armas que portaba”, una pistola de aire comprimido y un cuchillo, el chico consiguió que la mujer le entregara dos tarjetas bancarias con sus correspondientes contraseñas secretas. El azpeitiarra agredió además por sorpresa con la culata de la pistola a Amaia, quien no amagó “siquiera una defensa”.

La resolución describe una segunda agresión contra la fallecida y, aunque no concreta el lugar en que se produjo, detalla que tuvo lugar cuando la perjudicada se encontraba ya “inconsciente” y el joven le pegó entre tres y cinco veces con una piedra en la región craneal,

El procesado se deshizo luego del cuerpo arrojándolo maniatado a las aguas del pantano de Ibai-Eder de Azpeitia.

Además de las penas privativas de libertad, la sentencia prohibió al joven acudir durante cinco años a los términos municipales de Zarautz, Getaria y Orio, en los que la víctima desarrollaba su vida habitualmente. Asimismo, la sentencia le impide acercarse y comunicarse con los familiares directos de la fallecida durante otros dos años más y le obliga a indemnizar a sus allegados con una suma total de 922.000 euros. - Efe