Sevilla. La juez de Familia nº 6 de Sevilla dictaminó que una madre divorciada llevó a sus dos hijos al psicólogo y psiquiatra sin necesitarlo y sin el obligado consenso con el padre, por lo que ha otorgado a este la patria potestad para decidir en exclusiva sobre tales tratamientos. La juez explica en el auto que la madre ha estado llevando a sus dos hijos al psicólogo y psiquiatra, con prescripción incluso de tranquilizantes, sin consensuarlo previamente con el padre, con el que comparte la patria potestad.
Además, la juez aprecia "mala fe" por parte de la madre, por lo que acuerda imponerle las costas judiciales , pues "si su voluntad es procurar el bienestar de su hijo, no se comprende que disponga de un informe justificativo de la necesidad de un tratamiento y no lo traslade inmediatamente al padre" cuando se planteó la demanda. Por todo ello, el auto retira la patria potestad a la madre en la facultad de decidir sobre este supuesto concreto y advierte de que, en lo sucesivo, cualquier decisión que exceda de la custodia ordinaria debe tomarse de forma conjunta y, si no, plantear la decisión al juez.