El Boletín Oficial del Estado (BOE) publica hoy la polémica Ley Audiovisual que según los productores independientes desvirtúa su definición, y entrará mañana en vigor a excepción, entre otros artículos, de la regulación de la protección de menores en plataformas como Youtube, que aún tardará tres meses.

Diecisiete días después de su aprobación parlamentaria hoy ha dado este nuevo paso la norma que traspone la directiva europea de 2018 con un retraso que provocó una denuncia de la Comisión Europea contra el Estado ante el Tribunal de Justicia.

Según el texto publicado, los artículos 88 al 91 del título V, referido a la prestación de servicio de intercambio de vídeos a través de plataforma, como Youtube, entrarán en vigor tres meses después de la entrada en vigor de la ley (mañana sábado).

En concreto, estos artículos se refieren a las obligaciones para la protección de los usuarios y de los menores frente a determinados contenidos audiovisuales, como por ejemplo la prohibición de que los datos personales de menores sean tratados con fines comerciales. También el establecimiento de limitaciones sobre comunicaciones sobre bebidas alcohólicas o juegos de azar.

Los artículos que entran en vigor

Sí entra ya mañana en vigor el artículo que según los productores independientes abre a la intrusión de empresas ligadas a grandes grupos y multinacionales, un punto que según el Gobierno español quedará totalmente solventado y aclarado en la futura Ley del Cine.

Otra de las claves de la ley es que extiende de las televisiones a las plataformas unas cuotas mínimas de horas de emisión (en este caso catálogo) de obra europea, incluidos unos porcentajes en lengua oficial y cooficiales del Estado.

Así, las televisiones mantienen la obligación de emitir un 51% de obra europea, de ello al menos la mitad (un 25,5% del total) en lengua oficial o cooficiales y, en el caso de la televisión pública, un mínimo del 15% de esa subcuota a obras en lenguas cooficiales (3,8% del total).

Las plataformas (con sede en el territorio español) deberán tener un 30% de producción europea en su catálogo; de ese porcentaje, el 50% en lengua oficial o cooficiales (15% del total) y de esa subcuota, un 40% en lenguas cooficiales (6% del total).

También se extiende a las plataformas la obligación que ya tenían las televisiones tradicionales de invertir en financiación anticipada de producción audiovisual europea (tanto cine como series), siempre y cuando generen unos ingresos mínimos.

Se equipara, en este caso plenamente, a televisiones privadas y plataformas en la obligación de destinar un 5% de su recaudación a financiar obra audiovisual, siempre y cuando sus ingresos anuales sean de al menos 10 millones de euros.

Por otro lado, de momento se mantiene la obligación para las operadoras de telecomunicaciones de pagar el 0,9% de sus ingresos para financiar RTVE que impuso José Luis Rodríguez Zapatero al liberar de publicidad a la televisión pública.

Otro de los aspectos de la ley es que incluye cambios que suponen incrementar la posibilidad de emitir más anuncios por hora, tanto en los canales de televisión en abierto como de pago, al pasar del máximo de 12 minutos por hora de emisión que marcaba la norma hasta ahora a un sistema por franjas que establece un máximo de 144 minutos entre las 6:00 y las 18:00 y 72 minutos entre las 18:00 y las 24:00.

La Ley Audiovisual que reformaba la producción para, entre otras cosas, atraer negocio al Estado, fue aprobada definitivamente en el Senado el pasado 22 de junio, con los votos de PSOE y PNV y la abstención del PP.