la ikastola Xalbador de Iparralde ya está tramitando la devolución de la ayuda de 200.000 euros que le concedió la Diputación de Gipuzkoa en 2013 para ampliar y reestructurar este centro escolar, dentro de un convenio por el que la institución foral iba a otorgar 600.000 euros en tres años al centro escolar de Iparralde. Esta devolución viene obligada después de que el TSJPV haya dado la razón al delegado del Gobierno en Euskadi, Carlos Urquijo, quien presentó en abril de 2013 un recurso judicial en contra de esta subvención otorgada por el Ejecutivo de Garitano al centro escolar de Iparralde.

El argumento jurídico en que el TSJPV basa su resolución radica en que, a su juicio, el acuerdo entre la Diputación y la ikastola labortana excede del ámbito territorial del Ejecutivo foral guipuzcoano, por lo que obliga a la ikastola Xalbador a devolver la ayuda recibida. La decisión judicial, y anteriormente la iniciativa del Gobierno foral, suscitan dos niveles de reflexión: por un lado, el estrictamente político, centrado en la fijación de tal prioridad por parte de la Diputación, adoptada dentro de su legítimo proceso interno de toma de decisiones.

Guste más o menos a otras formaciones políticas como el PP o el PSE, hay plena legitimidad democrática para fijar prioridades de gobierno foral. Por poner tan solo otro ejemplo, tan solo unos días más tarde el diputado general de Bizkaia, José Luis Bilbao, puso de manifiesto en París que el euskera “tiene su sitio entre las lenguas del mundo” y abogó por “impulsar su conocimiento y reconocimiento”, dentro de la 33 edición de la feria internacional Expolangues celebrada en París, un evento que tiene como objetivo la difusión y la promoción de idiomas y culturas, y donde destacó el impulso de las instituciones vascas a favor de la lengua vasca.

Demasiadas tensiones acumulamos en nuestra sociedad como para generar problemas de convivencia donde no los hay, y peor aún judicializar una relación entre lenguas cuya interacción debe basarse en principios muy alejados de actitudes como las apreciadas políticamente en el delegado del Gobierno, Carlos Urquijo. Poco ayuda a una tarea que debe ser común, la de hacer posible una enriquecedora convivencia entre las dos lenguas, y la tarea de impulsar de manera especial y activa el uso de aquella lengua que se encuentra en condiciones de debilidad respecto a la otra lengua oficial, es decir, el euskera respecto al castellano. En palabras de Mitxelena, “al igual que nuestro pueblo debe encontrar un lugar entre los pueblos, también el euskera debe encontrar un lugar entre las lenguas, sin maximalismo, capaz de asegurar su conservación y crecimiento”.

Una segunda dimensión en esta polémica vinculada a las ayudas a la promoción del euskera es la jurídica, porque aunque creo que sobran los recursos judiciales y falta diálogo y empatía, y que sobra el enfrentamiento basado en la prepotencia, hay que analizar el sentido y alcance de una decisión judicial debatible. Nadie cuestiona la competencia foral en el ámbito de la promoción del euskera. Nadie puede rebatir la competencia de la Diputación para seleccionar el reparto de sus recursos presupuestarios departamentales en atención a sus prioridades políticas. Si admitimos esta premisa, la pregunta clave para desentrañar las razones legales de tal decisión judicial es la siguiente : ¿la mera extraterritorialización de los mismos les resta validez legal? ¿No es posible competencialmente destinar fondos de ayuda a la cooperación exterior, fuera de Gipuzkoa? ¿No es posible competencialmente mostrar, por ejemplo, su solidaridad internacional aportando ayuda en el marco de catástrofes humanitarias, como se ha hecho, sin tacha alguna de nulidad ni reproche legal alguno, en muchos casos? ¿No es posible, como por cierto hace la UPV/EHU, extender su prestación académica a estudiantes sitos en Francia (por ejemplo, a internos radicados en prisiones francesas) o en otros países, competencia validada por los tribunales españoles? ¿La mera ubicación territorial de la ikastola Xalbador en territorio del euskera, en Euskal Herria, aunque política y territorialmente sea Francia, deslegitima y vacía de contenido la competencia foral? ¿No podría, siguiendo esta doctrina legal, reclamar por ejemplo la Diputación en el extranjero al amparo de una competencia foral local o interna? ¿La “internacionalidad” o extraterritorialidad del destinatario de tal ayuda a favor del euskera vicia de nulidad la misma? ¿Nadie tiene en cuenta que, por ejemplo, la nueva ley de tratados internacionales, recientemente aprobada y ya publicada en el BOE, posibilita incluso la firma por parte de Euskadi de acuerdos internacionales administrativos y de acuerdos internacionales no normativos, previendo en su disposición adicional sexta una referencia específica (de nuevo puesto en valor) a nuestro régimen foral vasco como base de nuestra singularidad competencial, también en esta dimensión internacional?

Lamento ofrecer más preguntas que respuestas, pero creo que la base competencial existe incluso en su proyección extraterritorial siempre que no se vulnere la competencia exclusiva del Estado (Francia, en este caso) en el que la misma se desarrolla, y en este supuesto no hay, a mi juicio, conculcación o vulneración competencial alguna.