La comisión de prevención laboral ha determinado que no se podrán realizar nuevos enterramientos en determinadas capillas y panteones del cementerio de Oñati hasta que sus titulares acometan las adaptaciones necesarias que garanticen "la seguridad del personal que realiza estos trabajos", tal y como explica el Ayuntamiento. La medida afecta principalmente al camposanto antiguo y a la zona construida durante la primera ampliación, mientras que la parte más reciente del recinto no requiere de ninguna intervención. 

Los vecinos y vecinas han comenzado a recibir ya la notificación correspondiente, en la que el Consistorio informa de que no se podrán llevar a cabo nuevos entierros hasta que existan las condiciones de seguridad adecuadas para los trabajadores que desarrollan estas tareas. Esta restricción, no obstante, no afecta a las urnas de cenizas, de manera que los restos cremados continuarán depositándose con normalidad y sin necesidad de obras.

Renovar la concesión

En cualquier caso, antes de ejecutar las actuaciones requeridas, deberá renovarse la concesión del panteón o capilla en los casos en los que esta haya caducado. El Ayuntamiento recuerda que hay plazo hasta el próximo 31 de diciembre para efectuar este trámite, correspondientes a la zona más antigua del cementerio.

Abertura en la parte superior

Tal y como precisa el Consistorio, se han identificado una serie de intervenciones, entre las que destaca la adecuación de una abertura de 2x09 metros en la parte superior del panteón (algunos sí que lo cumplen), con el objetivo de que el féretro pueda introducirse con seguridad. En algunos casos, también serán necesario utilizar grúa. De este modo, se cumplirán las condiciones definidas por la inspección de trabajo.

Un nicho de propiedad municipal de forma provisional

Mientras tanto, y como medida provisional, el Ayuntamiento ofrecerá la posibilidad de inhumar el cuerpo en un nicho de propiedad municipal, siempre que se abone la tasa establecida en la ordenanza fiscal y el cuerpo permanezca al menos cinco años en dicho espacio, conforme al Reglamento de Sanidad Mortuoria de la Comunidad Autónoma del País Vasco.