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Archivo definitivo de la denuncia contra una de las pistas de Aralar

Eguzki y Landarlan mantienen viva una segunda causa contra otro de los caminos a las bordas de los pastores

Archivo definitivo de la denuncia contra una de las pistas de Aralar

La denuncia de los colectivos ecologistas contra la construcción de una de las pistas de pastores en Aralar ha quedado definitivamente archivada. El Juzgado de primera Instancia e instrucción número 3 de Tolosa decretó el pasado febrero "el sobreseimiento provisional" de la denuncia de los conservacionistas contra los trabajos de ejecución de una pista en la zona de Saltarri.

Esta decisión fue recurrida por los ecologistas (Eguzki y Landarlan), aunque la autoridad judicial ha rechazado ahora sus pretensiones "por falta de pruebas suficientes". La causa por el proyecto de la pistas sigue viva ya que ambos colectivos presentaron una segunda denuncia contra otra pista vcon el mismo fin, facilitar el acceso rodado hasta las bordas de los pastores.

En la nota que hicieron pública Eguzki y Landarlan, los ecologistas mostraron su pesar por la decisión judicial. A su juicio, la resolución "choca frontalmente con el espíritu de las leyes de protección del medio natural" y deja al parque natural de Aralar "totalmente desprotegido".

"Hacemos un llamamiento a los dirigentes de la Diputación Foral de Gipuzkoa -añade el escrito- para que dejen de realizar interpretaciones forzadas de la normativa y para que cumplan con los objetivos prioritarios del parque natural y de la Red Natura 2000 que son principalmente la conservación de los hábitats y de las especies".

Eguzki y Landarlan apelan asimismo a la Mancomunidad de Enirio-Aralar para que "se abstenga de impulsar esta pista proyectada hace casi cinco años, que supone la completa artificialización de la única zona extensa de Gipuzkoa de pastos de altura".

Desde 2016

La causa que ha quedado archivada se abrió en 2016 a raíz de una denuncia de Eguzki y Landarlan contra los entonces directores forales Arantxa Ariztimuño y el ya fallecido Félix Asensio y el entonces presidente de la Mancomunidad de Enirio-Aralar José Miguel Santamaria. El fallo consideró que los imputados actuaron conforme a la legalidad vigente y que no hubo un impacto medioambiental relevante, tal y como muestran los diversos informes realizados tanto por la institución foral como por las unidades de investigación criminal de Gipuzkoa y Bizkaia.

El auto del juzgado tolosarra consideró que el proyecto de acceso a Saltarri "no puede calificarse como una resolución arbitraria", porque el hecho de que se realizara mediante procedimiento simplificado se basaba en la constatación en el proyecto de impacto medioambiental de que "no se iba a producir un impacto medioambiental relevante en la zona".

Además, el proyecto fue "objeto de numerosas exposiciones ante la opinión pública" y también se hicieron consultas con las asociaciones ecologistas y con la propia mancomunidad (donde su ejecución fue aprobada por nueve de los quince municipios que conforman este ente), y todos estos procesos "no eran reveladores de ningún impacto negativo sobre el terreno donde se iba a ejecutar".

Asimismo, sentenció que el "procedimiento de aprobación del proyecto se ajustó a la legalidad vigente, al precisar una Evaluación de Impacto Ambiental simplificada, que requería de un informe de impacto medioambiental, y su ejecución, siempre se realizó junto con un plan de vigilancia medioambiental".

Finalmente, el auto judicial afirmó que el Plan de Ordenación de Recursos Naturales "permite la realización de vías viarias en determinadas condiciones, siempre que sean autorizadas por el órgano gestor de parque naturales", que en este caso sería la Dirección de Montes y Espacios Naturales de la Diputación. "adaptar accesos existentes".

Y argumentó que "no debe obviarse" que el la finalidad del proyecto era "adaptar los accesos ya existentes, restaurar las zonas de pasto afectadas por las rodadas fuera de camino y establecer un acceso a la manga de Saltarri, para favorecer la actividad ganadera en la zona y su conservación, puesto que así se dispone en el informe de situación de acceso durante la planificación y definición del proyecto".

"No es agradable estar procesada"

En una entrevista con NOTICIAS DE GIPUZKOA tras conocer el fallo, la entonces directora foral de Medio Ambiente, Arantxa Ariztimuño, mostró su satisfacción con el sentido de la sentencia porque el auto ratifica que las actuaciones realizadas en Aralar "han respetado todos los procedimientos legales y de cuidado del medio ambiente. En este sentido, la contundencia de los argumentos recogidos en el auto nos aportan seguridad, porque aún teniendo la conciencia de estar obrando correctamente, tanto en los procedimientos, como en los objetivos, no resulta nada agradable verse inmersa en dos procesos penales".