Donostia - Los locales de ocio juvenil tendrán un aforo máximo de 50 personas y unas dimensiones mínimas de 25 metros cuadrados. Estas son algunas de las condiciones de la ordenanza municipal que recibió el visto bueno del Gobierno local el viernes y que inicia ahora un periodo de alegaciones y trámites. En principio, la normativa estará lista en febrero, según explicaron el concejal de Urbanismo, Ricardo Burutaran, y la concejala de Juventud, Naiara Sampedro.
La puesta en marcha de una ordenanza para regular los locales de los jóvenes lleva años siendo objeto de debate. El pasado marzo, todos los grupos políticos de Donostia instaron al Ejecutivo local a presentar un documento en el plazo de tres meses para avanzar en la puesta en marcha de unas normas, que existen en otras localidades guipuzcoanas como Eibar, Mendaro o Urretxu. En Bilbao existe un manual de Recomendaciones de uso de las lonjas juveniles mientras que en Vitoria no hay regulación, por ser una actividad privada, aunque hay controles de la Policía local.
La ordenanza municipal en tramitación pretende garantizar que los locales tengan condiciones de seguridad, salubridad y bienestar y, además, que las comunidades de vecinos en las que se ubican tengan también asegurados sus derechos.
Por ello, la ordenanza fija las características que deben tener los locales de uso juvenil y conlleva la creación de un registro municipal con todos ellos. Todos los espacios que cumplan los requisitos formarán parte de un censo, de modo que las cuadrillas de jóvenes sepan qué espacios están disponibles para alquilar con todas las condiciones legales.
Los espacios que están en funcionamiento tendrán seis meses para regularizarse y cumplir la ordenanza desde que ésta entre en vigor. Para ello deberán presentar una comunicación previa de actividad clasificada.
Según Sampedro, hace dos años el Ayuntamiento elaboró un primer listado de locales juveniles, que dio como resultado que existen cerca de un centenar. No obstante, la corporativa reconoció que la lista no es exacta ya que es “difícil” contactar con los grupos juveniles que utilizan estos espacios. Hace un año, este listado se retocó, aunque tampoco se considera fiable al 100%, a diferencia del que surgirá cuando se contabilicen todos los bajos y espacios en edificios que cumplan la ordenanza.
La normativa contempla sanciones por incumplimiento tanto para los propietarios de los locales como para los usuarios. Las multas relacionadas con la legalidad urbanística pueden llegar a los 9.000 euros y el cierre del local, mientas que las relacionadas con la ordenanza pueden alcanzar los 3.000 euros. En el caso de los jóvenes usuarios -entre 15 y 30 años- se contempla la posibilidad de sustituir las sanciones por trabajos sociales.
En 2008, el área de Juventud del Ayuntamiento alertó sobre el peligro de incumplir las normas de seguridad en los locales juveniles. En 2010, el Consistorio cerró al menos siete por falta de licencia y tramitó la clausura de otros 18. Posteriormente, se han impuesto multas, según señaló Burutaran, quien confió en que la ordenanza regularice la situación.
Acceso. Tiene que producirse por la vía pública de modo independiente al portal.
Altura. No inferior a los 2,5 metros excepto si cuando se construyó el edificio se autorizaron alturas inferiores en algunas dependencias.
Aforo. Máximo de 50 personas. Se debe respetar la ocupación máxima de una persona por cada tres metros cuadrados en los primeros 50 metros y de una persona por metro cuadrado cuando el local supere estas dimensiones.
Evacuación. Los locales deben tener alumbrado de emergencia y señalización de evacuación, así como medios de protección contra incendios.
El concejal de Urbanismo recalcó que los locales juveniles tienen que tener iluminación y ventilación.