La Hacienda de Gipuzkoa ha analizado los 34.720 casos de pensionistas que realizaron aportaciones a mutuas antes del 1 de enero de 1967 y ha procedido a realizar 26.056 devoluciones de la parte de la pensión que corresponde a estas asignaciones en cumplimiento de una sentencia del Tribunal Supremo. La corrección corresponde a la campaña de la renta de 2023, mientras que para los ejercicios no prescritos entre 2019 y 2022 se compromete a resolver las solicitudes que se presenten antes de que finalice el año.

Ingresos en tres días

La Hacienda de Gipuzkoa ha recordado hoy que se responsabilizó a estudiar estos casos a partir del 2 de julio, una vez finalizada la campaña de la renta, y en estos tres días ha ingresado en las cuentas bancarias de las personas afectadas la cantidad que les corresponde. La diferencia entre el colectivo que realizó aportaciones antes del 1 de enero de 1967 y el número de ingresos finales responde a que, por diversas razones, a algunos su declaración de la renta no tenía como resultado a devolver.

El departamento foral de Hacienda y Finanzas procederá a informar de estos ingresos y los cálculos realizados con los datos proporcionados por la Tesorería General de la Seguridad Social por vía postal y correo electrónico, pero ha avanzado que para las revisiones correspondientes a 2019, 2020, 2021 y 2022 las personas afectadas deben formalizar una solicitud, que será analizada antes de que finalice el año.

Sentencias

Una primera sentencia del Tribunal Supremo de enero de 2023 ya estableció que las personas que realizaron aportaciones a mutuas entre el 1 de enero de 1967 y 1 de enero de 1979 tenían derecho a que la Hacienda de Gipuzkoa les devolviera la parte de su pensión correspondiente a estas asignaciones dado que tributaron por ellas al 100% en el IRPF mientras que quienes cotizaron a la Seguridad Social pudieron desgravar en su declaración de la renta durante estos años.

La Hacienda decidió actuar de oficio en el caso de la campaña de la renta de 2023, pero informó a este colectivo de que para los ejercicios no prescritos entre 2019 y 2022 debían realizar una solicitud. La siguiente sentencia del Tribunal Supremo estableció que se encontraban en este caso también los mutualistas anteriores al 1 de enero de 1967, ante lo que el departamento foral optó por seguir el mismo mecanismo.