El Tribunal Supremo afirma, en una sentencia con fecha del pasado 8 de abril, que las aportaciones del Gobierno vasco a los plantes de pensiones de los funcionarios públicos, tienen la consideración de salario, integrando la masa salarial como una retribución "diferida".

Por ello, el TS ratifica en su resolución la sentencia del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) que considera "ajustada a derecho" la decisión del Gobierno vasco de dejar de pagar las aportaciones al Plan de Previsión Social Itzarri por cada funcionado de la Administración pública vasca durante la anterior crisis económica entre el año 2014 y el 2016.

La sentencia del TS desestima los recursos presentados en su día por los sindicatos ErNE y ELA contra la sentencia del TSJPV, que ratificó la decisión del Gobierno vasco de dejar de hacer aportaciones a Itzarri, atendiendo al decreto firmado por el entonces presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, por el que se suspendían las aportaciones a planes de pensiones y EPSV para los funcionarios públicos.

Los magistrados del alto tribunal, al considerar que las aportaciones a los plantes de pensiones de los funcionarios públicos tienen la consideración de salario, integrando la masa salarial como una retribución "diferida", afirman que el Gobierno vasco "ajustó su decisión al marco jurídico que resultaba de aplicación, que con carácter general no imponía, por tanto, la realización de las citadas aportaciones a los fondos de pensiones, y prohibía y limitaba" en los ejercicios 2014-2106, su realización".