donostia - Una mujer domiciliada en el barrio donostiarra de Gros recuperará más de 300.000 euros de las obligaciones subordinadas que adquirió en el Banco Popular después de que un juzgado de primera instancia de la capital guipuzcoana haya declarado nulos los contratos de adquisición de estos productos financieros.

La defensa de la mujer informó ayer de que el juzgado de primera instancia número 2 de San Sebastián condena al Banco Santander, que adquirió en subasta el Banco Popular el 7 de junio de 2017, a devolver 338.137,80 euros a su defendida.

La demandante adquirió obligaciones subordinadas en el mercado secundario “tres meses antes de la resolución” del Popular “sin que nadie del banco le avisara de la delicada situación de la entidad”, aseguró la defensa.

La sentencia concluye que “no existe prueba suficiente del cumplimiento” por parte del banco del “deber de información sobre la naturaleza del producto, su desenvolvimiento en el tiempo y los riesgos inherentes que le correspondía conforme a lo exigido en la Ley del Mercado de Valores”.

El juez considera que la “carga de la prueba” corresponde a la entidad financiera y ésta “no ha demostrado” que la mujer “tuviera una experiencia y conocimientos suficientes para aprehender la naturaleza jurídica, el desenvolvimiento del producto en el tiempo y, sobre todo, los riesgos asociados a las obligaciones subordinadas”.

Remarca que suministrar información “adecuada al perfil del cliente” correspondía al Banco Santander que “no ha presentado prueba suficiente de haber cumplido con dicha obligación”.

El Banco de Santander alegó que la acción para demandar había caducado, pero el juez establece que debe tenerse en cuenta el día de la resolución del banco, que tuvo lugar el 7 de junio de 2017, para empezar a contar el plazo, que es de cuatro años.