donostia. Conquista e incorporación del Reino de Navarra a Castilla está enfocado hacia los aspectos jurídicos e institucionales de la conquista e incorporación a Castilla.

¿Desde qué perspectiva estudian la conquista y la incorporación?

Nosotros hemos acotado el tema teniendo en cuenta nuestra propia especialización, que es la historia del derecho y de las instituciones. Por tanto, nos hemos centrado en los antecedentes políticos y diplomáticos de la conquista, y en la justificación que dieron los protagonistas de la ocupación y, naturalmente, importaba explicar la forma de incorporación a Castilla, las interpretaciones político-morales en torno a la conquista, y lo referente a la pervivencia durante un tiempo del debate jurídico y moral sobre este tema hasta la definitiva consolidación de la ocupación.

Entonces, ¿se trata de un libro de divulgación, es decir, que interesa a la generalidad de los lectores, o de un libro para los especialistas?

En principio es un libro dedicado al público en general, pero al ocuparse de una temática especializada y sobre la que apenas existen trabajos, puede interesar a los estudiosos de la conquista e incorporación de Navarra a Castilla. En ese sentido, hemos procurado incluir en un apéndice documental los textos de la época más significativos, que interesan a los especialistas y pueden resultar de interés para el lector no especializado.

Este año ha habido una iniciativa oficial para conmemorar los sucesos que ocurrieron en 1212 y 1512. ¿Creen equiparables en importancia estas dos fechas?

Evidentemente no. Porque no es lo mismo una batalla medieval en la que participan Sancho VII el Fuerte y unos 200 caballeros navarros y de la que como aportación solamente queda el mito tardío de las cadenas del escudo, que carece de fundamentación histórica, que una fecha, la de 1512, en la que Navarra como entidad política toma un rumbo histórico nuevo. Y hablando de conmemoraciones, nos sorprende mucho que haya pasado desapercibida en el mundo oficial otra fecha centenaria como 1812, que abrió el proceso constitucional que puso las bases para la desaparición de Navarra como reino. A nuestro juicio son 1512 y 1812 las fechas que en este centenario tienen entidad como lugar de la memoria de los navarros.

¿Cómo evalúan el nivel de conocimientos de la Historia de Navarra respecto de este periodo que analizan?

En principio, no se puede olvidar a autores como Campión -insensatamente ignorado en la historiografía oficial durante la época de la dictadura y hasta hoy-, y, sobre todo Boissonade. Pero es obvio que en este último cuarto de siglo ha habido progresos significativos en las obras de autores como Alfredo Floristán Imízcoz, Pedro Esarte, Álvaro Adot, Peio Monteano, Santiago Leoné, Aitor Pescador, Isabel Ostolaza o Ignacio Panizo, por citar algunos de los más representativos, varios de ellos en esta colección que ve la luz a través de NOTICIAS DE GIPUZKOA y Pamiela. Desde la perspectiva jurídica e institucional, que es la que a nosotros nos ocupa, existía un cierto vacío que hay que ir llenando. Tenemos la confianza de que esta publicación puede ser un primer paso.

¿En qué sentido creen que puede interesar este volumen a los lectores?

La sociedad navarra es cada vez más culta. En ese sentido, pensamos que entre nosotros se pondera cada vez más la importancia de determinados hitos o acontecimientos de nuestro pasado. Existe una sensibilidad creciente hacia nuestro devenir como pueblo, de ahí que pensamos que esta obrita puede interesar a muchos lectores de este periódico.

¿Qué supuso la conquista del reino en 1512?

La conquista y posterior incorporación a Castilla supuso la pérdida de la dinastía propia expulsada, y con ello la pérdida de las leyes navarras de sucesión al trono, la abolición de la personalidad internacional, la supeditación a la política interior y exterior de la Monarquía hispánica, con sus ventajas -pensamos por ejemplo en la participación en la colonización americana- e inconvenientes, y una castellanización en la composición orgánica de las instituciones, como es el caso del virrey y del Consejo Real de Navarra, del alto clero y, por ello, del brazo eclesiástico de las Cortes. Es indudable que Navarra quedó capitidisminuida en su personalidad política. Pero hay otra consecuencia muy importante en la que inexplicablemente no se repara, que es la pérdida de la integridad de Navarra por su división en dos reinos: el articulado en la Corona de Castilla, y el otro reino de Navarra de Ultrapuertos, que continuó con el mismo nombre y regido por la dinastía expulsada. Téngase en cuenta que con Enrique III de Navarra y luego IV de Francia, nuestros reyes expulsados gobernaron la Monarquía gala hasta 1789. Hay que destacar que a veces se olvida que este segundo reino de Navarra subsistió hasta la Revolución, a pesar de la incorporación a la Corona de Francia. Es sorprendente que muchos autores de nuestra propia tierra den por sentado que el reino de Navarra de Ultrapuertos desapareció en 1620.

Ha habido un debate, incluso entre los que dan importancia a 1512, respecto del valor del estatus institucional de Navarra después de esta fecha.

Nosotros nos situamos entre los que piensan que capitidisminuido y todo, el pueblo de Navarra realizó un enorme esfuerzo en los siglos XVI, XVII y XVIII, en realidad hasta la desaparición del reino en la década de los treinta del siglo XIX, para preservar su personalidad política e institucional, y que con esa postura constante y firme obtuvieron logros muy importantes. Lo más significativo fue sin duda el mantenimiento de las Cortes de Navarra, que obligaron a los reyes y virreyes a jurar y a observar el ordenamiento del reino. Asentaron el principio de la unión eqüeprincipal con Castilla, tal como se refleja en la leyenda del Monumento a los Fueros sito en el pamplonés Paseo de Sarasate. Crearon la Diputación del reino, un verdadero ejecutivo para los intervalos de las reuniones de Cortes. Y desarrollaron mecanismos de protección del Derecho navarro, como la importantísima institución del reparo de agravios y la fórmula "obedézcase pero no se cumpla". Y cómo olvidar que dispusimos a lo largo de tres siglos después de la conquista de un sistema de Justicia completo, con sus órganos, sus leyes y su procedimiento, tan diferente al castellano; de una Hacienda propia, basada en el principio de la voluntariedad del donativo al rey; y de un sistema militar. A nuestro juicio, sería una ceguera no dar la importancia debida a estos logros y quitar méritos al pueblo navarro que sostuvo la personalidad política del Reino de Navarra contra viento y marea.