La Consejería de Sanidad ha insistido en que el 'pasaporte covid' para entrar en los establecimientos de hostelería y restauración "sigue plenamente vigente". Así lo ha asegurado el departamento que dirige Miguel Rodríguez después de conocerse el auto del Tribunal Superior de Justicia de la comunidad autónoma que ratifica la suspensión del cierre interior de estos locales en municipios en nivel 3 de riesgo (alto) por covid.

Sanidad ha reafirmado este miércoles, tal y como reafirmó el fin de semana, que la "excepción" establecida el pasado viernes que permite el acceso dentro de bares y restaurantes, "siempre y cuando dispongan de 'pasaporte covid-19' completo y con aforo máximo de un tercio, sigue plenamente vigente".

En un comunicado, la Consejería ha precisado que la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJC ha confirmado que deja sin efecto el cierre de los interiores de la hostelería decretado en la resolución del semáforo Covid del pasado 27 de julio, y que hoy mismo deja de tener efecto tras la última revisión semanal.

Así, esta misma noche entra en vigor el nuevo semáforo, que sitúa a 27 municipios en nivel 3 de riesgo, debido a la actualización de la incidencia del virus en Cantabria, que realizaron ayer los técnicos de Salud Pública.

Medida de conciliación

A esto se añade que la resolución judicial, dictada y notificada este miércoles, señala que no forma parte del recurso contencioso administrativo la excepción adoptada el viernes y que requiere el certificado covid-19 para entrar en bares y restaurantes de ayuntamientos en riesgo 3 y 4, y que fue adoptada para "evitar el impacto de esa medida sanitaria en plena época estival".

Por lo tanto, la medida, "del todo excepcional, pretende conciliar una cierta flexibilización en las medidas restrictivas, pero sin comprometer, en modo alguno, la salud de las personas".

En este sentido, la autoridad sanitaria insiste en que, "bajo ninguna circunstancia, esta excepcionalidad invita a relajar las medidas de prevención y precaución frente al virus, que siguen siendo imprescindibles para frenar la expansión descontrolada de la pandemia".

Por último, la Consejería recuerda que el certificado del estado de salud de los ciudadanos conocido como pasaporte covid-19 se emite en tres circunstancias: con la pauta completa de vacunación; si se acredita haber pasado la enfermedad desde 11 a 180 días después de haber tenido PCR positiva (el llamado pasaporte de recuperación); y el pasaporte de prueba negativa, que se dispensa a personas con prueba diagnóstica PDIA negativa, realizada en las 72 horas anteriores.