Ante esta nueva situación, el Consejo Asesor de LABI ha aprobado una modificación del Decreto en vigor. A continuación, detallamos las decisiones adoptadas para EuskadiEuskadi:

-Se amplía el horario de cierre de actividades hasta las 02:00 de la madrugada. Con carácter general, el límite de aforo se establece en el 60% tanto para eventos sociales y culturales como para los centros de culto.

-El máximo de personas para cualquier tipo de evento social, deportivo o cultural se fija en 600 personas en interior y 800 en exterior. En recintos con capacidad entre 1.600 y 5.000 personas, el máximo se amplía a 800 en interior y 1.200 personas en exterior. En recintos con capacidad superior a 5.000 el aforo será del 30%.

-En la hostelería se mantendrá el 50% de aforo en los interiores y la prohibición de consumo en barra o de pie. La organización del servicio, tanto en interiores como en terrazas, podrá ser de hasta seis personas por mesa. Se aplican las mismas condiciones para los establecimientos de juego y apuestas.

-Se habilita la apertura de txokos y sociedades gastronómicas, de acuerdo a unas reglas asimilables a las de hostelería: límite de aforo al 50% y horario de apertura entre las 9:00 de la mañana y las 02:00 de la madrugada. Deberán contar con un registro diario de reservas de mesa realizadas.

-El número máximo en visitas de grupos a museos, exposiciones, turismo de naturaleza o centros turísticos, que se realicen al aire libre, se establece en 20 personas. En interior será de 10 personas.

-La práctica deportiva en instalaciones interiores podrá estructurarse en grupos de 10 personas. Se amplía el aforo en vestuarios hasta el 50%. Se permite la competición de deporte escolar con vistas a los torneos veraniegos.

Este nuevo paso en la flexibilización de las restricciones deberá ser valorado en un periodo máximo de entre 15 y 20 días. El objetivo de este plazo es confirmar que la tendencia en la incidencia de contagios y en la presión hospitalaria sigue a la baja.