Un juzgado de Donostia ha desestimado el recurso presentado por la mutua Asepeyo y ratificado la prestación por enfermedad profesional que percibe un trabajador de la construcción de 49 años afectado por un cáncer pleural tras estar expuesto al amianto en su actividad laboral.

El Juzgado de lo Social número 2 de San Sebastián ha sido el que ha rechazado el recurso de Asepeyo contra la resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) que reconoció el origen profesional del cáncer pleural que afecta a este operario, según ha informado la Asociación de Víctimas del Aminato de Euskadi, Asviamie.

La misma fuente ha precisado que el afectado trabajó en Bekabi Erainkuntzak de Hernani, entre marzo de 2017 y junio de 2020, cuando enfermó, con las contingencias profesionales aseguradas por Asepeyo.

Previamente, desarrolló su actividad laboral unos meses en Teusa Técnicas de Restauración, asegurado por Mutualia, y desde el 2003 hasta 2016, trabajó en Rehabilitaciones Generales con la contingencia cubierta por Fremap, hasta que fue absorbida por Teusa.

Tras reclamar el origen profesional del cáncer, el INSS concedió al trabajador la incapacidad absoluta por enfermedad profesional e hizo responsables del pago de la pensión a Asepeyo 16,88 %, Mutualia 0,88 %, Fremap 46,05 % e INSS 36,19 %. La resolución fue recurrida por Asepeyo.

La sentencia señala que el operario "estuvo en contacto con el amianto durante un prolongado periodo de tiempo al servicio de varias empresas", tiempo "más que suficiente para entender que se pudo producir una lenta, prolongada y continuada exposición" a esta sustancia.

Asviamie ha expresado su "satisfacción" por la resolución judicial que "desbarata una vez más los intentos de las mutuas de negar y ocultar el origen laboral de numerosas enfermedades y del cáncer en particular".

Esta agrupación considera además "inhumana y fraudulenta la práctica de las mutuas" de recurrir este tipo de "resoluciones de la Seguridad Social".