El pasado 1 de octubre se conmemoró el día de la tercera edad (ya esta expresión resulta extemporánea porque los demógrafos hablan de cuarta, quinta y sexta edad).

La circunstancia anterior me recordó un episodio acontecido en el patronato de una fundación a la que pertenezco y que trabaja en el ámbito de la discapacidad. Otro patrono me comentó que tenía que ir a visitar a su madre de 101 años en perfecto estado de salud hasta el punto de que cuidaba de una hermana de 106 años, ambas sin medios para acudir al sistema residencial privado, no admitidas en el público y sin posibilidad de contratar a una cuidadora o cuidador.

El envejecimiento es una de las características de nuestro tiempo. Afirmaba García Márquez que la vejez consiste en un pacto honesto con la soledad. Esto es cierto, pero la vejez está integrada por numerosos problemas de soledad, de enfermedad, de dependencia y en términos generales de vulnerabilidad.

El caso es que la sociedad envejece simultáneamente al descenso de la natalidad y las prolongadas edades que alcanzan los ancianos y ancianas quedan maquilladas por la circunstancia de que también muere mucha gente joven o de mediana edad. La prolongación de las expectativas de vida no ha ido acompañada de un compromiso institucional para la atención a los múltiples problemas que la vejez provoca.

El artículo 50 de la Constitución establece: “Los poderes públicos garantizarán a las personas de la tercera edad y con independencia de las obligaciones familiares el bienestar mediante un sistema de servicios sociales, que atenderán sus problemas específicos de salud, vivienda, cultura y ocio”.

Este precepto se interpreta en numerosas ocasiones a beneficio de inventario y podemos poner dos ejemplos:

• En la Comunidad de Madrid la mortalidad en los 18 centros de gestión indirecta durante la pandemia fue de un 21,9% entre marzo y abril de 2020, mientras que en los de titularidad y gestión pública fue del 7,4%.

• El incremento del parque residencial no ha venido de la mano de una gran inversión pública. Si en 2010 el Estado español gastaba un 0,46% del Producto Interior Bruto (PIB) en un parque de 30 plazas por cada 1.000 habitantes mayores de 65 años, países como Francia o Dinamarca dedicaban, respectivamente, el 1,38% y el 1,14% de sus PIB con una cobertura de 50 plazas.

Para obtener beneficios y sobrevivir en el mercado, tanto la iniciativa mercantil como el tercer sector ofrecen salarios de miseria, jornadas maratonianas y contratos temporales. Esto crea efectos perversos. Las entidades mercantiles en Barcelona aumentaron sus beneficios en más de un 20% entre 2009 y 2014, al tiempo que reducían un 13% el gasto por hora en personal. La vejez es un negocio para algunos.

Como la situación no ha mejorado significativamente en el año 2022, la propia Fiscalía General del Estado se ha visto en la tesitura de dictar la siguiente instrucción:

Instrucción 1/2022, de 19 de enero, de la Fiscalía General del Estado: “La presente instrucción tiene por objeto reforzar la atención, en el marco de la función tuitiva del Ministerio Fiscal, de las personas mayores y/o con discapacidad, en cuanto colectivos especialmente vulnerables, ante la necesidad de velar por el efectivo reconocimiento y salvaguarda de su dignidad, presupuesto para el libre desarrollo de su personalidad y el ejercicio de todos los derechos y libertades que les son constitucionalmente reconocidos (art. 10 CE), en relación con el uso contenciones o sujeciones físicas y/o farmacológicas a las que pueden verse sometidos”.

El obligado punto de partida lo encontramos en la Convención de los Derechos de las Personas con Discapacidad (Nueva York, 13 de diciembre de 2006, ratificada por España el 23 de noviembre de 2007 y con entrada en vigor el día 3 de mayo de 2008) que proclama en su preámbulo el reconocimiento de la dignidad y de los derechos iguales e inalienables de todos los miembros de la familia humana, empleando idénticos términos a los ya utilizados en el preámbulo de la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948, texto que reitera en su artículo primero que todos los hombres nacen libres e iguales en dignidad y derechos.

En estas circunstancias no sorprende observar imágenes dramáticas que trasmiten los medios de comunicación en las que se puede ver: ofertas culinarias repugnantes; ancianos atados a la silla o a la cama e incluso malos tratos.

Nada de lo anterior se corresponde con el contenido esencial del mandato que el artículo 50 de la Constitución dirige a los poderes públicos, una asistencia adecuada a los ancianos y ancianas.

Desde una perspectiva macroeconómica, el incremento de las pensiones no ha sido cuantitativamente coherente con el incremento de gastos que la mera circunstancia de la vejez provoca, téngase en cuenta que la pensión máxima de jubilación se sitúa en 2.819 euros, pero ni todos los pensionistas se pueden beneficiar de la pensión máxima, particularmente los que han sido trabajadores autónomos, ni dedicando la pensión íntegra (incluso la máxima) se pueden cubrir los gastos que genera el ingreso en una residencia privada. Las residencias públicas siguen siendo manifiestamente insuficientes.

En cuanto a la dependencia, fueron 9.559 millones de euros de inversión pública en Atención a la Dependencia en el año 2021. De ellos, las Comunidades Autónomas financiaron el 79,2%, con 7.566 millones de euros (un 0,57% más de gasto que en 2020). La aportación estatal se sitúa en el 20,8%, con 1.992 millones de euros, habiendo incrementado un 44% respecto al año anterior, que fue de 1.384M.

Mientras la administración del Estado no asuma que le corresponde financiar el 50% de los gastos para la atención a la dependencia, esta atención seguirá siendo deficitaria.

Leí a Javier Vizcaino en este mismo periódico cómo muchos ciudadanos se exasperan en la cola del supermercado viendo a ancianas/os pagando céntimo a céntimo y prolongando la cola. Decía con pertinencia Javier Vizcaino que pagar céntimo a céntimo no era un capricho sino una necesidad provocada por lo exiguo de la pensión y además estos ancianos se les veía después arrastrando el carro de la compra para consumirlo en su domicilio en la más absoluta soledad. Un diagnóstico correcto de la situación.

Jurista