Una mujer será juzgada la próxima semana en la Audiencia de Gipuzkoa acusada de falsear la firma de un enfermo terminal para apropiarse de un coche propiedad de este hombre, que en aquel momento era la pareja de su madre.

La Fiscalía de Gipuzkoa pide dos años de cárcel, así como una multa de 4.500 euros, para la procesada, a la que acusa de un delito de falsedad en documento oficial.

Según recoge el escrito de acusación provisional del Ministerio Público, al que ha tenido acceso EFE, los hechos se remontan al 24 de octubre de 2018, cuando el varón ingresó en urgencias del Hospital Txagorritxu de Vitoria, donde falleció el 5 de noviembre de aquel mismo año.

"Su nivel de consciencia empeoró"

En el tiempo en el que el enfermo permaneció ingresado, "su nivel de consciencia empeoró sin responder a estímulos verbales" y se encontró "desorientado" con un diagnóstico de "encefalopatía, probablemente multifactorial, con posible disfunción hemisférica izquierda", lo que le llevó a ser considerado "en situación terminal".

Sus hijos como herederos

En el momento de su muerte, el hombre dejó como herederos de sus bienes por partes iguales a sus dos hijos, aunque a su pareja sentimental, madre de la acusada, le legó un piso.

No obstante, el hombre también era propietario de un coche Ford Focus sobre el que, cinco días antes de su muerte, la encausada habría presentado ante la Jefatura Provincial de Tráfico de Gipuzkoa una "solicitud de transmisión" fechada en Arrasate el 30 de octubre.

Firma falsa

En este documento, según la Fiscalía, se recogían los datos del transmitente del vehículo, "que aún estaba con vida", junto a una firma "aparentemente" realizada por él y los datos de la procesada, como adquiriente, también con una firma "aparentemente" hecha por ella.

Posteriormente, una prueba pericial caligráfica concluyó que el enfermo "no realizó la firma que se le atribuía" en el documento, mientras que en la acusada se constataban "ciertas concordancias en algunos gestos gráficos".

En este contexto, el Ministerio Público considera que la firma realizada en el espacio del documento destinado al vendedor y el transmitente no fueron hechas por el fallecido sino que las habría realizado la procesada, imitando su rúbrica, "todo ello con el fin último" de que se le "admitiera y consolidara la propiedad del automóvil a su favor en vez de pasar a la masa hereditaria del fallecido".