La Audiencia de Gipuzkoa ha absuelto a un hombre para el que la Fiscalía reclamaba quince años de cárcel, acusado de violar a su sobrino en dos pisos de Donostia cuando el niño tenía entre 7 y 9 años.

Durante el juicio por estos hechos, celebrado el pasado mayo, el procesado, de nacionalidad hondureña, negó los hechos y su defensa reclamó su libre absolución.

Los hechos enjuiciados se referían a los años 2021 y 2022, aunque el caso se conoció en febrero de 2023, cuando se supo que casi un mes después de haber presentado una denuncia el menor aún no había sido sometido a las correspondientes pruebas médicas para detectar posibles heridas o restos biológicos en su cuerpo.

Aprovechándose del vínculo familiar

Según la versión del Ministerio Público, el inculpado habría cometido las agresiones "con pleno conocimiento de la edad" de su sobrino, en los tiempos en los que tenía encomendado su cuidado, en los dos domicilios distintos en los que residieron en Donostia y aprovechándose de su vínculo familiar.

No obstante, en una sentencia a la que ha tenido acceso EFE, el tribunal se atiene ahora al principio de presunción de inocencia que asiste al procesado y lo absuelve ante la "insuficiencia o debilidad probatoria" de la acusación para "quebrantarla".

Ausencia de pruebas

La resolución recuerda que la principal prueba de cargo contra el hombre es la declaración del menor que se proyectó en la sala de vistas en forma de prueba preconstituida durante la fase de instrucción, sin que el menor ofrezca en ella "ningún tipo de testimonio sobre los hechos" que resulte "ni espontáneo, ni libre, ni detallado, ni contextualizado espacio-temporalmente".

El niño "responde, únicamente y con dificultad, y a veces sólo gestualmente, a aquellas preguntas directas, y más bien directivas, que le son formuladas por la psicóloga forense" que lleva a cabo el interrogatorio, explica el texto judicial.

Fuentes sin "valor corroborante"

La sentencia concreta además que las dos fuentes secundarias que podrían reforzar el "escaso testimonio del menor" (la declaración de su madre y la de una compañera de piso) no pueden considerarse que tengan valor corroborante", sin que "fuera de estos dos testimonios secundarios" el tribunal disponga de "nada más" que "valide" la "escueta información" ofrecida por la víctima.

Por estos motivos, el tribunal absuelve al acusado "con todos los pronunciamientos favorables", aunque la sentencia no es firme ya que puede ser recurrida en apelación ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.