Un conductor ebrio que arrolló y mató a un hombre cuando cruzaba un paso de cebra en silla de ruedas en Ibarra ha sido condenado a dos años, seis meses y un día de cárcel por un Juzgado de lo Penal de Donostia.
Según informa el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) en una nota, la sentencia del caso considera al autor de estos hechos responsable de un delito de homicidio por imprudencia grave cometido con vehículo a motor, además de un segundo delito "de conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas".
Misma calle, dos accidentes
El suceso tuvo lugar a las 14.30 horas de la tarde del 15 de abril de 2022, cuando el procesado atropelló a Imanol Reguillaga, vecino de Ibarra, con su vehículo. La víctima era un vendedor de cupones de la ONCE. Un atropello que sufrió cuando tenía cuatro años de edad en la misma calle lo dejó parapléjico y dependía de la silla de ruedas para moverse por la localidad guipuzcoana. El accidente dejó a otro hombre herido leve.
Días más tarde de que se confirmase la muerte de Reguillaga, vecinos de la localidad denunciaron la peligrosidad de la vía en la que sucedió el fatal accidente.
Sentencia
La sentencia detalla que el conductor "se encontraba incapacitado para la conducción" debido a que había ingerido alcohol y "no percibió la presencia de los dos peatones" hasta "avanzado ya el paso de cebra".
De esta forma, "no accionó los frenos hasta el momento en que se produjo el impacto, deteniéndose el vehículo 14 metros más adelante", describe el escrito judicial.
La víctima, de 55 años, salió proyectada desde su silla y se golpeó la cabeza "contra el firme de la carreta" tras lo que falleció unos minutos después "a causa de un traumatismo cráneo cervical".
La resolución judicial constata que el acusado "se encontraba incapacitado para la conducción por la previa ingesta de bebidas alcohólicas", como reflejó la prueba que le realizaron los agentes de la Ertzaintza que acudieron al lugar.
El acusado presentaba además "síntomas de intoxicación etílica" como "aliento fuerte, ojos cansados, voz forzada, temblor, comportamiento callado y apático, expresión confusa y enlentecida, y comprensión lenta".
Durante el juicio por estos hechos, el inculpado reconoció lo sucedido y se conformó con la pena que solicitaban tanto la Fiscalía y por la acusación particular por lo que, además de la citada pena de prisión, el hombre también será privado del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por seis años.
No obstante, la sentencia suspende la pena de cárcel al procesado con la condición de que no vuelva a delinquir durante los dos próximos años.