El juzgado que investiga el apuñalamiento que costó la vida a Lukas Agirre el pasado día de Navidad en el centro de Donostia ha rechazado excarcelar al joven que se encuentra en prisión provisional por estos hechos, cuya defensa pidió el mes pasado que se anulara el atestado de la investigación policial del crimen.

El suceso ocurrió sobre las 6.20 horas del domingo, 25 de diciembre de 2022 en la plaza Okendo, situada entre el Teatro Victoria Eugenia y el Hotel María Cristina, donde la víctima, de 24 años recibió varias cuchilladas tras lo que murió en el lugar.

Durante la investigación de los hechos, la Ertzaintza detuvo a una mujer de 28 años y a un hombre de 26 en las proximidades, mientras que el ahora encarcelado, de 24, se entregó voluntariamente en una comisaría de la Ertzaintza unas horas después.

La magistrada que instruye el asunto ordenó posteriormente el ingreso en la prisión de Martutene de este último detenido, pero dejó en libertad provisional a los otros dos.

El pasado enero el defensor del encarcelado, Juan Enrique Álvarez Fanjul, reclamó la puesta en libertad provisional de su cliente en un recurso en el que también solicitó la anulación del atestado policial porque, a su entender, fue confeccionado "de manera arbitraria" y "caótica" en cuanto a su "cronología", además de haber sido presuntamente elaborado contra el "criterio de objetividad e imparcialidad".

No obstante, en un auto, al que ahora ha tenido acceso EFE, la jueza del caso deniega la puesta en libertad de este joven y rechaza declarar la nulidad del atestado policial.

El texto señala en este sentido que, "ante la gravedad de los hechos" investigados, se practicaron "muchas diligencias" policiales algunas de las cuales fueron "simultáneas en el tiempo", algo que hace "imposible" que "se siga ningún orden cronológico en su documentación".

Según la jueza existen muchos indicios de que el investigado que se encuentra en prisión fue quien clavó la navaja al joven, causándole la muerte

El escrito recuerda también que a lo largo de este proceso se produjeron además "cambios en las peticiones de los detenidos", quienes "inicialmente rechazaron la posibilidad de la extracción de sangre y toma de muestras de orina para luego solicitarlas más tarde".

"Fue por ello por lo que, habiéndose producido además cambios en la designación de abogados, se dio traslado a las partes a fin de que formularan alegaciones en relación con dicha diligencia", recuerda el documento judicial.

"No cabe por ello -prosigue el documento- considerar que la actuación policial fue inadecuada. Al contrario, en todo momento se respetó la voluntad de los detenidos y las tomas de muestras se hicieron todas con su consentimiento".

Tras insistir en que, "sin perjuicio de que deberán ser ratificadas" en el acto del juicio, el auto sostiene que las diligencias policiales "se practicaron adecuadamente" y remite a "cuestiones formales" las "posibles erratas" existentes en la confección del atestado.

El auto judicial defiende que los atestados policiales se precticaron adecuadamente

En cuanto a un posible "error en la valoración de la prueba" alegado por la defensa, la instructora aclara que "nos encontramos en la fase inicial de investigación", con la práctica aún de "diligencias de investigación", y "efectivamente existen discrepancias en la valoración de las mismas" entre las distintas partes.

En cualquier caso, la jueza considera que, "a la vista de las declaraciones testificales prestadas en sede policial, las manifestaciones espontáneas y las imágenes de las cámaras de seguridad" que obran en los autos "existen indicios suficientes", en esta fase de la investigación, "de que habrá sido" el investigado que se encuentra en prisión "quien clavó la navaja" a la víctima "causando su fallecimiento".