El Consejo de Ministros ha aprobado este martes el anteproyecto de la ley antitabaco que equipara los cigarrillos electrónicos a los convencionales y prohíbe fumar y vapear en nuevos espacios como las terrazas de hostelería, piscinas o marquesinas, pero que finalmente no introduce el empaquetado genérico.
Así pues, el texto final del anteproyecto de la futura ley, a la que le queda aún una segunda vuelta por el Consejo antes de iniciar su andadura parlamentaria, define nuevos espacios libres de humo o amplía los existentes, de forma que, además de terrazas, piscinas y otros lugares públicos "de esparcimiento", universidades, instalaciones deportivas o vehículos comerciales, que pasan a ser considerados lugares de trabajo.
El texto, del que la ministra de Sanidad, Mónica García, dará cuenta en la rueda de prensa posterior a la reunión, establece además un perímetro de seguridad de 15 metros lineales alrededor de las zonas protegidas como instalaciones sanitarias, centros educativos o deportivos o parques infantiles en el que tampoco se podrá consumir ni tabaco ni sus relacionados, y limita su publicidad y patrocinio.
Empaquetado genérico y subida de precio, fuera del texto
Lo que ha quedado excluido es el empaquetado genérico, una medida ampliamente reivindicada por las organizaciones de la lucha contra el tabaquismo pero sobre la que no ha habido acuerdo entre los socios del Gobierno español; no obstante, el departamento que dirige Mónica García deja la puerta abierta a que pueda introducirse después en su tramitación parlamentaria.
Tampoco recogerá el incremento del precio a través del aumento de la fiscalidad en el que Sanidad llevaba meses negociando con el departamento de Hacienda, aunque en este caso no llegó a estar plasmado en ningún borrador.
Algo que han lamentado profundamente las organizaciones de la lucha contra el tabaquismo por su demostrada eficacia para reducir la prevalencia. Tanto el Comité Nacional para la Prevención del Tabaquismo (CNPT) como la plataforma Nofumadores han censurado así que el Gobierno español haya cedido a las presiones de la industria y el Ministerio de Sanidad haya desistido de ambas medidas.
¿Cuáles son los productos relacionados?
La futura ley iguala la legislación para tabaco convencional y los nuevos productos, que son:
- El cigarrillo electrónico, con y sin nicotina, incluidos todos sus componentes (cartucho, depósito, dispositivo).
- Las bolsitas de nicotina para uso oral, compuestas total o parcialmente por nicotina natural o sintética, en forma de sobres, polvo o comprimidos.
- Productos a base de hierbas, utilizados para fumar, vaporizar o inhalar, como 'shishas' o mezclas vegetales sin tabaco.
- Dispositivos para el consumo de productos calentados, incluidos los que funcionan con tabaco u otros preparados.
Nuevas zonas sin humo y perímetro de 15 metros
El anteproyecto matiza algunas de las prohibiciones ya vigentes y añade algunas nuevas zonas libres de humo:
- Vehículos de transporte con conductor, por ser lugares de trabajo.
- Exteriores de centros sanitarios, educativos, universitarios y sociales.
- En parques infantiles y zonas culturales o deportivas.
- Terrazas de bares, estaciones de transporte, espectáculos y conciertos al aire libre.
- Se refuerza la protección de los entornos prohibiendo fumar en un perímetro que diste menos de 15 metros lineales de los accesos a edificios públicos, centros sanitarios y sociales públicos y privados, educativos, universidades, museos, bibliotecas y otros centros de enseñanza o culturales públicos o privados, centros deportivos públicos o privados y parques o recintos infantiles.
- Prohibición de venta a menores de edad y, por primera vez, también de consumo por parte de este colectivo.
Adiós a los desechables
El texto de Sanidad prohíbe expresamente la venta y suministro de cigarrillos electrónicos de un solo uso.
Y a la publicidad y patrocinio en redes y festivales
- Queda prohibida toda forma de publicidad, promoción y patrocinio, directa o indirecta, incluyendo cualquier tipo de comunicación comercial o promoción de productos del tabaco y productos relacionados, ya sea a través de medios impresos, audiovisuales, digitales, redes sociales, o mediante distribución de muestras o descuentos.
- Igualmente, se prohíbe la publicidad en equipamientos, instalaciones y mobiliario situados en espacios de uso público o colectivo, incluyendo elementos presentes en bares, discotecas, terrazas u otros establecimientos de ocio. Esto comprende rótulos, carteles, mobiliario urbano o de hostelería que incorpore logotipos, imágenes o referencias a marcas de productos del tabaco o productos relacionados.
- También queda prohibido el patrocinio de actividades, eventos o contenidos por parte de empresas del sector, así como la aparición de marcas vinculadas a estos productos en publicaciones, festivales, actividades culturales o deportivas, tanto presenciales como en entornos digitales.
- Obligación de señalización clara en los espacios donde se prohíbe su uso o consumo.
Infracciones y Sanciones
El anteproyecto actualiza las infracciones, cuantías y responsabilidades para adecuarlo a las nuevas medidas y da 12 meses a los fabricantes para que adapten sus productos al nuevo marco legal y para permitir el agotamiento de existencias de cigarrillos electrónicos de un solo uso. Las multas por infracción grave serán de hasta 600.000 euros.