La Diputación de Gipuzkoa va a crear un registro de lobbys que refleje la actividad de influencia de los grupos de interés en sus relaciones con la institución foral. Se trata de un mecanismo para controlar las relaciones de la administración con los representantes de organizaciones, colectivos y entidades que defienden intereses particulares, de forma que se garantice la transparencia de estos encuentros y se eviten “conductas desviadas desde el punto de vista ético”.

Eider Mendoza, diputada de Gobernanza y portavoz foral, explica a este diario que la finalidad del registro es la “inscripción y el control de las personas y organizaciones que trabajan por cuenta propia y participan en la elaboración y aplicación de las políticas públicas de la Diputación y su sector público en defensa de intereses de terceros, que constituyen de facto una fuente de influencia organizada”.

Según la portavoz foral, esta regulación viene a sumarse a los diferentes elementos de los que se ha dotado la Diputación estos años con el objetivo de que su actividad “sea lo más transparente posible”.

La inscripción en este registro se va a convertir en un requisito indispensable para poder mantener reuniones o contactos con autoridades, cargos públicos y funcionarios con nivel de jefatura de servicio. También con el personal del resto de entidades forales con nivel de responsabilidad equivalente.

La información sobre las consultas, reuniones y encuentros mantenidos con estas personas se reflejará en el informe que deberán remitir al órgano responsable del registro el primer día de cada mes.

La información que contenga el registro será accesible y su inscripción deberá ser previa a que aparezca la reunión en la agenda pública. Los grupos de interés deberán declarar los datos de la persona u organización, la dirección de su sede social, teléfono, email y página web. También reflejarán los datos de la persona legalmente responsable.

En el anexo de la norma se recogen las categorías y subcategorías de los grupos a los que va dirigido esta norma: consultorías profesionales, despachos colectivos y unipersonales; empresas, corporaciones de derecho público, asociaciones profesionales, empresariales y sindicales, medios de comunicación vinculados a empresas, entidades organizadoras de actos, ONG, fundaciones y asociaciones, plataformas y redes no gubernamentales y similares sin ánimo de lucro, grupos de reflexión, instituciones de investigación, instituciones académicas y organizaciones que representan a las iglesias y las comunidades religiosas.

Según Mendoza, se trata de una “regulación vanguardista” para cuya elaboración se han tenido en cuenta normas vigentes en Navarra, Catalunya o Aragón, así como recomendaciones de Transparencia Internacional, Civio o lo establecido en el Acuerdo Interinstitucional del Parlamento europeo y la Comisión Europea.