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Estas son las restricciones que decaerán en Euskadi a partir del lunes

El LABI ha decidido dejar sin efecto prácticamente la totalidad de las medidas que permanecían vigentes desde finales de diciembre

Estas son las restricciones que decaerán en Euskadi a partir del lunesEP

El Consejo Asesor del Plan de Protección Civil de Euskadi (LABI) ha decidido poner fin a la alerta sanitaria en Euskadi y dejar sin efecto las medidas que permanecían vigentes en el territorio desde finales de diciembre para hacer frente a la propagación del Covid-19.

Aunque prácticamente toda la totalidad de las restricciones quedarán sin efecto a partir del 14 de febrero, sí se se mantendrán las que dependen del consejo interterritorial de Salud, como el aforo en los eventos deportivos y la mascarilla en interiores.

Las restricciones vigentes desde el pasado 29 de diciembre y que el LABI de este viernes ha decidido dejar sin efecto el próximo 14 de febrero son las siguientes:

  • El horario máximo de cierre para todas las actividades comerciales, sociales y culturales hasta ahora era a las 01:00 horas.
  • Con carácter general, se fijaba una limitación de aforos del 60% en todo tipo de establecimientos y recintos interiores.
  • El máximo de personas para cualquier tipo de evento social o cultural era de 600 personas en interiores y 800 personas en exteriores. En recintos con capacidad entre 1.600 y 5.000 personas, el máximo en interiores era de 800 personas y de 1.200 en exteriores.
  • En recintos con capacidad superior a 5.000 personas, el aforo máximo era del 50%, sin perjuicio de que fuera de aplicación otro límite determinado en el ámbito estatal.
  • En establecimientos de hostelería y restauración, así como en las discotecas y resto de establecimientos de ocio nocturno, se prohibía el consumo de pie o en barra.
  • Se limitaban las agrupaciones de clientes por mesa o grupo de mesas, tanto en interiores como en terrazas, a un máximo de 10 personas.
  • La distancia entre mesas o grupo de mesas era de metro y medio. Estas mismas medidas eran de aplicación a locales o lonjas juveniles, txokos y sociedades gastronómicas
  • La práctica deportiva en interiores debían estructurarse en grupos de hasta 10 personas. Los vestuarios solo podían ocuparse al 50%.