La Asociación de Clubes de Traineras (ACT) ha emitido un comunicado informando sobre la resolución del laudo arbitral interpuesto por el club San Pedro contra la sanción impuesta por el Juez de Disciplina el pasado 31 de marzo. El laudo, fechado el 27 de abril de 2025, anula parcialmente la resolución inicial, específicamente en lo referente a la sanción impuesta al club morado.
Fuera de plazo
Según detalla la ACT, el árbitro ha estimado el recurso de San Pedro al considerar que la resolución del Juez de Disciplina se dictó fuera de los plazos máximos establecidos en el Reglamento de Disciplina y que, además, se aplicó un tipo sancionador que no se correspondía con los hechos descritos. La sanción inicial al club consistía en la expulsión temporal de la ACT por un año y una multa de 4.000 euros.
Alivio parcial
Sin embargo, el laudo arbitral no afecta a la sanción impuesta al patrón Cristian Garma, que se mantiene firme. El deportista fue sancionado con la expulsión temporal de la ACT por un período de dos años y una multa de 1.500 euros.
Duro castigo
La sanción a Garma, tal y como explica el comunicado de la ACT, es consecuencia de un resultado adverso tras detectarse la presencia de una sustancia prohibida en un control antidopaje realizado durante la disputa de la Ikurriña de Getaria, celebrada el 25 de agosto de 2024. Esta infracción se enmarca dentro de lo estipulado en la Ley Orgánica 11/2021.
De esta manera, mientras el club San Pedro logra evitar la sanción que le había sido impuesta inicialmente por la ACT debido a un error de procedimiento, el patrón Cristian Garma deberá cumplir una dura sanción de dos años alejado de la competición tras su positivo.