El titular del juzgado, el juez Marcelino Sexmero, señala "que no se acierta a entender la relación que pueda haber entre la presente causa, cuyo objeto era determinar la actuación en la presencia de un político venezolano en la terminal de Barajas, y el rescate o subvenciones gubernamentales a Globalia, una supuesta compra de oro para Bancasa y la intervención del tal Koldo (García) y el señor (Víctor de) Aldama".
"Nada de estos hechos tienen relevancia en la presente causa", añade, para luego explicar que los nuevos hechos mencionados "no convierten en penalmente relevantes los indicios señalados que ya el Supremo entendió que tenían unos perfiles ajenos al Derecho Penal".
Al hilo, aduce que las "actuaciones presuntamente delictivas" llevadas a cabo por Koldo García y Víctor de Aldama "ya están siendo objeto de investigación" en el Juzgado Central de Instrucción Número 2 de la Audiencia Nacional. "Y es en ese procedimiento donde habrá de dilucidarse el alcance de dichos hechos y su relevancia penal", agrega.
Carece de "relevancia penal"
Así, el juez coincide con el criterio de la Fiscalía, que se opuso a reabrir el procedimiento al entender que los hechos a los que hacía referencia Vox no tenían nada que ver con la licitud o ilicitud de la estancia de la vicepresidenta de Venezuela, Delcy Rodríguez, en el aeropuerto de Barajas durante la madrugada del 20 de enero de 2020.
En el auto al que ha tenido acceso Europa Press, contra la que cabe recurso de reforma y subsidiario de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid, el instructor sostiene que la visita de la 'número dos' de Nicolás Maduro ya fue investigada y archivada porque se concluyó que no tenía relevancia penal, aunque pudiese suponer una infracción de una obligación política.
Según recoge la resolución, Vox incidía en que Koldo García y Víctor de Aldama --ambos investigados por la Audiencia Nacional-- presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, tendrían "conocimiento" del viaje de Rodríguez. Y añadía que el jefe del Ejecutivo además "habría autorizado expresamente" la visita, algo que el juez considera que carece de "relevancia penal".