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La exhumación de Mola y Sanjurjo se hizo con “legalidad”

El Tribunal Superior de Justicia de Nafarroa corrige la sentencia anterior y avala al Ayuntamiento

La exhumación de Mola y Sanjurjo se hizo con “legalidad”

Iruñea - La exhumación de los restos de los generales franquistas Mola y Sanjurjo y clausura de la cripta fue realizada con total “legalidad” por el Ayuntamiento, que era el órgano “competente” para hacerlo. La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Nafarroa ha avalado la resolución de Alcaldía del Ayuntamiento de Iruñea de 8 de noviembre de 2016 por la que se aprobó de forma definitiva la clausura de la cripta del Monumento a los Caídos como lugar de enterramiento.

La sentencia, contra la que cabe recurso de casación ante la misma sala del TSJN, estima así el recurso de apelación presentado por el Consistorio pamplonés frente a sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2, que estimó en junio de 2017 un recurso promovido por dos familias de personas allí enterradas, las del general José Sanjurjo y la de los hermanos Dimas y Joaquín Aznar Zozaya, contra la resolución de Alcaldía que ordenó la clausura de la cripta como cementerio, resolución que sentó las bases para la posterior exhumación de los cuerpos.

La sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia señala que “la orden de clausura de la cripta integrada en el conocido como Monumento a los Caídos, atendiendo a su consideración como lugar de enterramiento, y con exhumación de los restos mortales allí existentes fue adoptada por el órgano competente. - M. Salvo