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Tolosa aprueba las condiciones para contratar la gestión de los cementerios municipales

Ante las demandas actuales, consideran necesario realizar un nuevo contrato Se remodelará la capilla de San Blas para actos religiosos o civiles, se construirán nichos y habrá vídeo-vigilancia

Tolosa. El Ayuntamiento de Tolosa ha aprobado el pliego de condiciones para adjudicar la gestión integral de los cementerios municipales de San Blas, Bedaio y Aldaba, mediante la modalidad de concesión "vista la necesidad de realizar una nueva contratación para garantizar un servicio acorde a las demandas actuales y futuras". Asimismo, ha dado el visto bueno a la modificación del reglamento del cementerio municipal de Tolosa.

Al hacerse cargo de la explotación, la empresa adjudicataria deberá realizar, como mínimo en el cementerio de San Blas, obras de urbanización internas y externas (reconstrucción, reparación de calles y alumbrado en el recinto). Además, también deberá remodelar la capilla multiusos para su habilitación para cualquier tipo de ceremonias religiosas o civiles; construir baños y oficina adaptándolos a la normativa de accesibilidad según las directrices municipales; edificar nichos en galería (mínimo 300); y construir una zona de enterramientos de urnas cinerarias (ceniceros) y columbarios.

vídeo-vigilancia En cuanto al funcionamiento, se ha acordado mantener abiertos todos los cementerios y vigilar el de San Blas, de 9.00 a 21.00 horas, todos los días de la semana, incluidos los festivos, a través de técnicas de vídeo-vigilancia o similares. Además, se ha acordado que las inhumaciones, exhumaciones y traslados en el cementerio de San Blas se realizarán, de lunes a viernes, de 10.00 a 13.00 y de 16.00 a 19.00 horas; y los sábados, domingos y festivos, de 10.00 a 13.00 horas. En el resto de los cementerios, se hará en el momento en que lo soliciten los familiares del fallecido.

Las transmisiones de los derechos funerarios sobre panteones que fueron otorgados a perpetuidad se materializarán como derechos funerarios otorgados por 99 años, a contar desde febrero de 1995, fecha en la que entró en vigor el Reglamento. En cualquier caso, los derechos funerarios otorgados a perpetuidad se darán por finalizados a los 99 años. Asimismo, las nuevas adjudicaciones de las concesiones de derechos funerarios sobre panteones se otorgarán a 50 años. Los derechos funerarios sobre nichos en galería y sobre urnas cinerarias se otorgarán, como máximo, por diez años. Ahora bien, a solicitud del interesado siempre que exista espacio suficiente para enterramientos, el Ayuntamiento podrá prorrogar dicho plazo.