Kontsumobide advierte de que el apagón masivo puede considerarse un "caso de fuerza mayor"
Esto implica que, en principio, las empresas eléctricas podrían estar eximidas de responsabilidad por la falta de servicio. Sin embargo, los consumidores podrían tener derecho a reclamar en ciertos casos
En el día después al apagón masivo, Kontsumobide se ha dirigido a los consumidores para recordarles que este suceso puede ser considerado "un caso de fuerza mayor" a la hora de interponer una reclamación y solicitar una indemnización por los daños y molestias ocasionadas. De este modo, en línea con lo manifestado por las asociaciones de consumidores, el Instituto Vasco de Consumo establece que no existiría derecho de indemnización por el corte del suministro eléctrico ni por la suspensión de viajes.
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Sin embargo, pese a la excepcionalidad de este suceso cuyas causas aun se investigan, el organismo sostiene que los consumidores se podrán acoger a diferentes posibilidades, como reclamar la devolución del precio del billete si el viaje no se ha realizado.
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Billetes de bus, tren y avión
Kontsumobide indica que en caso de que el consumidor entienda que sus derechos han sido lesionados debe dirigirse a la Junta Arbitral de Transporte en un plazo no superior a los tres meses en el caso de reclamaciones por viajes en autobús y tren. Si se trata de un viaje en avión, la reclamación debe interponerse ante la Agencia Estatal de Seguridad Aérea.
Para aquellos viajes combinados, el consumidor debe dirigirse a la Dirección de Turismo del Gobierno vasco y en cuestiones relacionadas con el equipaje, detallan, la reclamación puede presentarse en Kontsumobide. Por último, para aquellas cuestiones relacionadas con el corte de suministro se debe acudir a las empresa suministradora en primera instancia y posteriormente ante el propio Instituto.
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