- El Tribunal Supremo descartó ayer que las hipotecas referenciadas al Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios (IRPH), que establece su tipo de interés, sean abusivas a pesar de detectar falta de transparencia en la información sobre la evolución de este índice. Aunque de momento el alto tribunal sólo ha adelantado el fallo, la decisión no ha satisfecho a los consumidores, que recibieron la noticia como “un jarro de agua fría” y criticaron que el veredicto “respalde los abusos del sector bancario”.

En este sentido, la plataforma IRPH Stop Gipuzkoa acusó al Tribunal Supremo de “perpetrar” un nuevo intento de “salvar a la banca”. “Las dudas sobre la legalidad de la sentencia están servidas y previsiblemente las tendrá que aclarar el TJUE”, agregó.

La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) explicó que muchos bancos no informaron a sus clientes de manera comprensible de que el IRPH es un índice que se calcula teniendo en cuenta los datos que la propia entidad proporciona, sin explicar con cuadros comparativos históricos la evolución de este índice y del euribor (el tipo de interés base en Europa) a fin de que el cliente pudiera ver que el primero siempre ha estado por encima del segundo.

Por su parte, Facua-Consumidores en Acción calificó el veredicto como “absolutamente bochornoso”. A la espera de conocerse el texto íntegro de la sentencia, que se redactará en los próximos días, la organización cree también que el Supremo “ha vuelto a las andadas plegándose una vez más a los intereses de la banca” con una interpretación “forzada” de la legislación.

De su lado, la Asociación para la Defensa de Consumidores y Usuarios de Bancos, Cajas y Seguros (Adicae) criticó que el Tribunal Supremo “se haga trampas” de nuevo a sí mismo y retuerza sus interpretaciones para contradecir al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TSJUE) y a la doctrina más especializada sobre el control de transparencia para darle la razón a la banca entrando en una espiral de resoluciones a favor del sector.

Ante esta interpretación, Adicae cree que ahora habrá que aclarar en qué consiste el concepto de transparencia. La organización recogió la definición del catedrático de Derecho Civil y exmagistrado del Supremo Javier Orduña, que establece que “la falta de transparencia implica irremediablemente la abusividad”. “Parece que el Tribunal Supremo no está por esas”, lamentó Adicae.

El consejero delegado de la asociación de consumidores Reclama Por Mí, Javier Moyano, cree que es precipitado sacar una conclusión a falta de la sentencia íntegra. “Todavía no podemos sacar una conclusión, no podemos decir si es una noticia favorable o no para los consumidores”, añadió. En su opinión, es mejor esperar para leer bien todo el contenido y entender en qué se ha fundamentado el Supremo. A partir de ahí, el responsable de Reclama Por Mí insistió en que ya se podrán sacar las conclusiones y se sabrá qué camino hay que tomar.

Según lo anunciado este miércoles, Moyano aseguró que existen muchas dudas sobre la interpretación y se cuestionó si la falta de transparencia no implica directamente abusividad.

El director del área de asesoría jurídica de Tecnotramit, David Viladecans Jiménez, adelantó que este pronunciamiento supondrá que gran parte de las reclamaciones interpuestas hasta la fecha sean desestimadas, dado que las mismas estaban basadas sólo en la falta de transparencia, pero no analizaban en cambio la abusividad de la cláusula.