BILBAO. La sentencia, dada a conocer por la Asociación Vasca de Víctimas del Amianto (Asviamie), califica de "muy grave el incumplimiento empresarial por parte de Altos Hornos ya que en la fecha en que el fallecido comenzó a trabajar en AHV, 1976, "ya se conocía la peligrosidad del amianto".

La Asviamie ha calificado de "contundente" el fallo judicial ya que llega a calificar de "infracción muy grave" el comportamiento de la empresa dado que "el trabajador fallecido estuvo expuesto al amianto durante toda su vida laboral sin ser siquiera advertido de los peligros del amianto y sin que se adoptara ninguna medida de seguridad".

Asimismo, la sentencia recuerda que el amianto era utilizado desde mucho antes de 1976, no de forma esporádica sino profusamente, y que el fallecido inició su actividad cuando ya se conocía la nocividad y peligrosidad de la exposición al amianto".

Por tanto, concluye que procede "estimar íntegramente tanto la demanda como el recargo del 50%, incluyendo la pensión de viudedad, solicitado por la familia del fallecido, a partir de febrero de 2017.

EXPOSICIÓN PROLONGADA

El operario, Taciano G.M., comenzó a trabajar en 1976 en la acería de Altos Hornos de Vizcaya en labores donde estuvo expuesto a fibras de amianto durante la limpieza de las lingoteras y preparación de cucharas, manipulando mazarrotas y otros materiales de amianto para proteger las instalaciones eléctricas que forraban con cintas y vendas del material declarado cancerígeno.

Tras el cierre de AHV, el trabajador pasó a CSI Planos SA, de Etxebarri, mas tarde Arcelor Mittal, hasta que en 2014 recibió la jubilación parcial. En 2015 le fue diagnosticado un mesotelioma pleural y, un año después, tras reconocérsele una incapacidad permanente absoluta derivada de padecer una enfermedad profesional, falleció.

La familia del fallecido interpuso una reclamación de recargo por falta de medidas de seguridad que fue denegada por el INSS con el argumento de que "no procedía" dicha imposición de recargo".

Asimismo, las empresas demandadas rechazaron su responsabilidad, en tanto "la empresa infractora fue AHV, negando la evidente sucesión empresarial" y, en todo caso, reclamaron de forma subsidiaria la minoración del porcentaje de recargo a aplicarles".

La Asviamie ha mostrado "su satisfacción" con la sentencia, que "pone al descubierto el grave y reiterado desprecio empresarial a las normas de seguridad e higiene, orientadas a la prevención de las enfermedades profesionales y el cáncer, en particular".

Asimismo, ha considerado que "el desconocimiento de los riesgos del amianto tal vez pudiera justificarlo la pequeña empresa, dado el pacto de silencio y ocultación de sus riesgos vigente durante décadas, pero resulta injustificable dicho olvido en una empresa como AHV, que contaba con un amplio gabinete técnico y médico dedicado a la seguridad e higiene.