Donostia. El Juzgado de lo Social nº 2 de Donostia ha dictado una sentencia favorable a las demandas presentadas por los trabajadores de Tiradores Egoki, en Irun, en la que se reconoce que las empresas Egoki Alliance Norte, Tiradores Egoki 2005, Indezak Foundry Services, Servicios de Montajes Integral Bidasoa, Deprozak, Decoración Lamdec, Lámparas y Decoración Lamdec y Suply Chain son un grupo empresarial y por tanto deben responder de manera conjunta y solidaria a los salarios devengados y no abonados así como a las indemnizaciones por extinción de contrato acordadas en 2008 de dichos trabajadores.
Esta sentencia fija también que las indemnizaciones que deben percibir dichos trabajadores por extinción de contrato sean a razón de 45 días por año trabajado, y no los 25 que pretendía la empresa a través de Fogasa, con un máximo de doce años de antigüedad, según informó ayer el sindicato UGT.
Esta resolución sólo afecta, de momento, a veinte trabajadores, sobre un plantilla de 200, que han demandado a la empresa por el juzgado de lo Social, a través de UGT.
Esta sentencia se une a otra dictada en junio por el juzgado de lo Mercantil e interpuesta por ELA, en la que también se concluía que los trabajadores tienen derecho a cobrar 45 días por año trabajado. En este caso, los trabajadores beneficiados son 75, quienes optaron por esta vía a través del sindicato nacionalista.
En la primera sentencia, por lo Social, se resalta la existencia de una prestación de servicios por parte de los trabajadores de manera indistinta en diversas empresas del grupo, ya que cuando no había suficiente trabajo en alguna de ellas se desplazaba a los trabajadores a otros centros de trabajo. Además, se han producido pagos por una empresa diferente a la empleadora.
Esta resolución también apunta la existencia de una confusión del patrimonio o caja única entre dichas empresas tal y como se desprende del informe de la Administración Concursal.