Un vecino de Almendralejo (Badajoz) ha sido condenado en Navarra a seis meses de prisión y a una multa de 3.600 euros por amenazar en redes y acosar con insistencia, incluso presencialmente, a la presentadora y actriz cómica Ana Morgade, a la que persiguió hasta el hotel Tres Reyes de Pamplona después de que esta representara en septiembre de 2019 en el teatro Gayarre una función de la obra de teatro Conductas alteradas.

A cuenta de ese episodio, que venía a rubricar varios actos de acoso por redes sociales con envío incluso de regalos para la popular presentadora, Morgade denunció los hechos en la comisaría de la Policía Nacional de Pamplona y así se inició el proceso.

La Sección Primera de la Audiencia navarra rebajó la condena que le había impuesto al procesado el Juzgado de lo Penal número 2 de Pamplona, que le condenó a otros 9 meses de cárcel por el delito de acoso, pero la Audiencia consideró que correspondía la citada multa por "ser menos gravosa para el acusado". La sentencia es firme e impone, además, cinco años de alejamiento a una distancia de 300 metros y la prohibición de comunicarse durante ese plazo de tiempo con la presentadora.

La Audiencia recalca que "dada la insistencia y reiteración del acoso realizado por el acusado se alteró gravemente el desarrollo de la vida cotidiana con desasosiego de la víctima, como consecuencia de esa actuación insistente e intimidatoria del procesado que le llevó incluso a tener que cambiar de domicilio y ocultarlo. El acusado consiguió su cercanía física, le contactó a través de los medios de comunicación de forma reiterada, con contenidos amenazantes o humillantes, no propios de un fan o seguidor de un artista al que se admira".

Los hechos probados de la sentencia declaran que el acusado se obsesionó con Ana Morgade y comenzó a seguirla en redes sociales, a través de las cuales acopió datos personales y profesionales sobre ella y llevó a cabo un auténtico seguimiento de sus actividades, que comentaba a través de sus cuentas de Twitter e Instagram. Así, un día publicó fotos de un bar que frecuentaba Morgade haciendo alusión a ella y en otra ocasión, en agosto de 2019, trató de entrar en Madrid al estudio de grabación del programa Zapeando, de La Sexta, que por entonces presentaba Morgade, sin que le permitieran el acceso. Sin embargo, la esperó a la salida y se quedó mirándola fijamente y después lo contó en su cuenta de Twitter.

También siguió a la actriz a Vitoria y Donostia, donde continuó su gira teatral. Así en Donostia, el procesado le volvió a enviar flores con una tarjeta que decía: "¿Tomamos algo?" y la esperó a la salida del teatro antes y después de la función. Dicha actitud, recalca la sentencia, empezó a inquietar a la víctima, que incluso pidió a su esposo que la acompañara.

El desasosiego causado en la famosa actriz fue en aumento cuando el 1 de septiembre Morgade se encontró con el acusado nada más entrar a alojarse al hotel Tres Reyes y él se acercó a ella diciéndole: "Qué casualidad". Para ver la obra en el Gayarre, entró en el teatro una vez que el resto del público estaba sentado y la sala a oscuras. Ese mismo día, el acusado publicó en Twitter dos comentarios amenazantes. La actriz avisó después de la función a la Policía, que no pudo localizar al acusado en Pamplona. Luego se interpuso la correspondiente denuncia.

La resolución recuerda que desde esa fecha no consta que el acusado intentase ver personalmente a la actriz, si bien en días posteriores, siguió publicando varios textos en redes sociales. En una de esas publicaciones, también se dirigió al marido de Morgade extendiendo sus amenazas a él.

Los hechos descritos, subraya la sentencia, provocaron una extrema inquietud tanto en Morgade como en su pareja, quienes cambiaron incluso su domicilio habitual, llevando una vida social limitada a lo imprescindible, restringiendo en especial sus publicaciones en redes sociales y mostrándose sumamente cautelosos a proporcionar datos que pudieran facilitar su localización.

El Juzgado de Instrucción 1 de Mérida acordó el 13 de septiembre una orden de alejamiento y la prohibición del acusado de ponerse en contacto con la víctima debido al acoso ocurrido en un lapso temporal, subraya la juez, no prolongado, pero de una intensidad tal que provocó una modificación de la vida cotidiana no solo de ella, sino también de su esposo.