- La consejera de Justicia de la Generalitat, Ester Capella, aseguró ayer que las juntas de tratamiento de las cárceles catalanas estudian si los presos que cumplen condena por el 1-O pueden seguir con su confinamiento en sus casas debido a la crisis sanitaria por el COVID-19, algo que hace doce días fue negado por Instituciones Penitenciarias, organismo dependiente del Ministerio del Interior. También el Tribunal Supremo amenazó ayer mismo al Govern de Quim Torra con procesar a sus miembros por delitos de "prevaricación" si finalmente los condenados por el procés son trasladados a sus domicilios

En una entrevista a Catalunya Ràdio, Capella explicó ya se estudia que estos presos abandonen los centros penitenciarios y se vayan a casa mientras dure la crisis sanitaria, aludiendo a que en esta situación hay que tomar medidas "excepcionales".

"El 69% de las personas en tercer grado ya están confinadas en su casa", explicó la titular de Justicia, que aseguró que las juntas decidirán si los internos de segundo grado con el artículo 100.2 se pueden confinar en su casa.

Los nueve líderes independentistas condenados por el Tribunal Supremo por impulsar el 1-O obtuvieron antes de la pandemia de COVID-19 la flexibilización del segundo grado mediante el artículo 100.2, lo que les permitió ir a trabajar fuera de la prisión o ejercer labores de voluntariado durante la semana.

Capella asegura que, desde el inicio del brote, su departamento ha tomado decisiones para evitar aglomeraciones en los centros penitenciarios siguiendo las medidas de confinamiento, medidas que han conllevado que se traslade a sus domicilios a la mayoría de reclusos en tercer grado.

En un comunicado, la Consejería de Justicia detalló que los criterios que se tendrán en cuenta para autorizar el confinamiento domiciliario son que el pronóstico de reincidencia del preso sea de nivel bajo y también que disponga de un domicilio.

Los centros penitenciarios revisan los casos de la población reclusa desde ayer, y a lo largo de la semana las prisiones celebrarán juntas de tratamiento extraordinarias para compartir las valoraciones y aprobar las medidas oportunas: "En caso de que se dé el supuesto, la medida quedará automáticamente revertida una vez acabe la emergencia sanitaria", agrega el comunicado.

La decisión de la junta va directamente hasta la mesa del juzgado de vigilancia penitenciaria, que informa a la Fiscalía para que se posicione, y después es el juzgado de vigilancia quien decide si ratifica o no la propuesta de la prisión. En caso de recurso, la última instancia es la audiencia de la demarcación.

El comunicado también apunta que el departamento de Justicia estudia confinar a los 100.2 en casa de acuerdo con el endurecimiento del confinamiento en todo el Estado y con el pronunciamiento reciente de las Naciones Unidas "en relación con la necesidad de reducir la población penitenciaria para evitar la propagación del virus en espacios comunes, cerrados y con acumulación de personas".

Por su parte, la sala del Tribunal Supremo que juzgó el caso del procés no tardó en advertir a las autoridades catalanas de las consecuencias en caso de que los condenados sean trasladados a sus domicilios. De esta forma, trasladó a la Generalitat que la excarcelación por la pandemia del coronavirus podría enmarcarse en un delito de prevaricación por el que podrá exigirse responsabilidad penal.

En una nota remitida por su gabinete de prensa, el Supremo señala que en el caso de que las juntas de tratamiento de las cárceles donde se encuentran los presos acuerden su excarcelación para cumplir el confinamiento en sus respectivos domicilios, tendrán que dirigirse a cada de las juntas de régimen general y al director o directora de los centros respectivos para que a la mayor brevedad expliquen el fundamento jurídico que justifica esa decisión e identifiquen de forma nominal a los funcionarios que han apoyado ese acuerdo. "Ello se enmarcaría en la exigencia de responsabilidades penales por la posible comisión de un delito de prevaricación", insiste la nota.