La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha emitido en fechas recientes una sentencia que reconoce que el periodo de baja médica de cinco meses de una ayudante de cocina con diagnóstico de epicondilitis es una enfermedad profesional.

El sindicato CCOO considera "inaceptable" que el Instituto Nacional de Seguridad Social (INSS) dedique tiempo a este tipo de recursos mientras está tardando más de nueve meses en resolver las solicitudes de determinación de contingencia", según ha denunciado en un comunicado.

La central sindical ha recordado que la empleada es ayudante de cocina perteneciente a la plantilla de la empresa Auzo Lagun Sdad. Coop. y ha indicado que como CCOO ya trasladó en septiembre del pasado 2023, realiza tareas que pueden ser susceptibles de generar epicondilitis.

En aquella ocasión, la sentencia de primera instancia ya reflejó que estas tareas y el riesgo en sí constaban en la evaluación de riesgos de la trabajadora y en un informe de Osakidetza, ha recordado.

El sindicato trasladó esta documentación a la Seguridad Social en la solicitud que cursó, pero este organismo "optó por ignorar" lo que en ella se decía, perjudicando "gravemente" a la trabajadora.  

Origen profesional

La sentencia de primera instancia consideraba el origen de la dolencia como profesional, aunque la Seguridad Social "insistió en considerarla de origen común", ha indicado la central sindical.

En respuesta a su recurso, el TSJPV "vuelve a dar la razón a la trabajadora" al considerar que el origen de la patología es profesional. En sus argumentaciones la Seguridad Social ha intentado defender que las tareas de "ayudante de cocina no tienen similitud con las actividades y las exigencias funcionales que se recogen en la norma reglamentaria", en alusión al Real Decreto 1299/2006, por el que se aprueba el cuadro de enfermedades profesionales.

La sentencia desecha este argumento con "una simple comparación" entre lo establecido en esta legislación para el reconocimiento de la epicondilitis como enfermedad profesional y lo que dice la evaluación de riesgos de la trabajadora.

El responsable de salud laboral de CCOO de Euskadi, Alfonso Ríos, ha exigido al Instituto Nacional de la Seguridad Social que "no malgaste su tiempo en perjudicar de esta forma a las personas trabajadoras".

Según ha indicado, el sindicato ya denunció públicamente hace un año que la Seguridad Social de Álava había tardado 16 meses en resolver uno de estos casos de un trabajador de una subcontrata de Mercedes, plazo que se ha repetido ahora por ese mismo organismo en la resolución de un recargo de prestaciones por "falta de medidas preventivas para otra trabajadora de ese territorio".