La Audiencia de Gipuzkoa ha condenado a dos años de prisión a un joven de 18 años por abusar sexualmente de una adolescente de 13, fugada de un centro residencial de menores tutelados, durante los cuatro días en los que convivió con él en una habitación de un piso de Errenteria.

Según la sentencia del caso, a la que ha tenido acceso EFE, los hechos se remontan a septiembre de 2020 cuando la joven se fugó del citado centro residencial, tras lo que conoció al acusado con el que convivió en Errenteria entre el 8 y el 11 de ese mes.

Cláusula "Romeo y Julieta"

Durante el juicio por estos hechos, la defensa solicitó que se aplicara a su representado la conocida como cláusula Romeo y Julieta, recogida en el artículo 183 "quater" del Codigo Penal, que prevé una posible exención de la responsabilidad penal en los casos en los que, por debajo del límite de los 16 años, las relaciones hayan sido consentidas y se hayan producido entre personas de una edad próxima y con un grado similar de madurez física o psicológica.

No obstante, la resolución judicial descarta ahora aplicar este principio debido a la "situación de desequilibrio" entre el procesado y la menor, quienes mantienen una diferencia de "casi cinco años" y un distinto grado de desarrollo o madurez, que son "acordes a su edad cronológica" en cada uno de ellos.

Responsable: prisión e inhabilitado

Por estos motivos, la Sección Primera de la Audiencia considera ahora al procesado responsable de un delito de abuso sexual y, además de la citada pena de prisión, le inhabilita cinco años para cualquier actividad que conlleve contacto con menores.

Asimismo, el tribunal le impone una medida de cinco años de libertad vigilada, aunque retrasa al trámite de ejecución de la sentencia la petición de que la pena de cárcel le sea sustituida por la expulsión del Estado español, al tratarse el acusado de un ciudadano marroquí.