Condenado a cuatro años de cárcel por abusar sexualmente de su compañera entre 2015 y 2020
El condenado no ingresará en prisión ya que el tribunal ha suspendido la pena con una serie de condiciones
El hombre que se enfrentaba a una petición de 13 años de cárcel por agredir sexualmente de forma habitual a su compañera sentimental ente los años 2015 y 2020, ha reconocido este martes lo sucedido y se ha conformado con una condena de cuatro años tras llegar a un acuerdo con la Fiscalía y la acusación particular.
Durante la vista celebrada este martes en la Sección Tercera de la Audiencia de Gipuzkoa, el varón ha admitido su culpabilidad y las acusaciones han modificado sus conclusiones provisionales.
De esta manera, han considerado que los hechos son constitutivos de un delito continuado de abusos y no de un delito continuado de agresión sexual como proponían inicialmente, aunque han mantenido también la existencia de un delito de acoso.
Compensación económica
Además, el procesado ya ha adelantado una cantidad de 13.000 euros para compensar a la víctima, por lo que se le ha aplicado la atenuante cualificada de haber reparado el daño causado, al igual que una segunda atenuante analógica por ser consumidor habitual de alcohol cuando sucedieron los hechos.
Asimismo, el varón deberá cumplir 60 días de trabajos en beneficio de la comunidad, no podrá comunicarse con su víctima ni aproximarse a ella durante trece años, tendrá que permanecer siete años en situación de libertad vigilada y no podrá llevar a cabo ninguna actividad relacionada con menores durante siete años.
Se libra de la prisión
En cualquier caso, el condenado no ingresará en prisión ya que la pena de cárcel le ha sido suspendida por el tribunal con las condiciones de que no vuelva a delinquir en los cinco próximos años, de que continúe el tratamiento de deshabituación al alcohol que ya ha iniciado y de que se someta a controles periódicos para constar su cumplimiento.
Según recoge el escrito de acusación del Ministerio Público, al que ha tenido acceso EFE, aunque la relación sentimental entre el procesado y la víctima comenzó en 2008, a partir de 2015 fue habitual que el procesado abusara sexualmente de la mujer, con la que convivía en un domicilio de Irun y con la que tenía una hija.
La víctima no podía librarse
El documento, que describe con detalle dos de estos episodios ocurridos el 20 y el 30 de enero de 2020, precisa que la víctima lloraba durante estos hechos a los que no prestaba su consentimiento.
Aclara que, tras la última de estas situaciones, la perjudicada decidió poner fin a la relación, algo que no fue aceptado por el procesado quien, hasta el 8 de marzo, le llegó a enviar 225 mensajes por Whatsapp "con ánimo de coartar su tranquilidad emocional y la intención de presionarle psíquicamente" para retomar su vínculo.
La Fiscalía precisa que, con esta misma intención, en otras dos oportunidades el procesado esperó a la mujer en las inmediaciones de la vivienda de un familiar al que se había trasladado para residir temporalmente y se aproximaba a ella para hablar.
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