El Tribunal Supremo ha confirmado la condena a 20 años de prisión para el acusado de matar de 41 puñaladas a un hombre en el barrio donostiarra de Gros en marzo de 2020.
La Sala de lo Penal ha dictado una sentencia, a la que ha tenido acceso EFE, que rechaza el recurso del condenado contra la resolución de Tribunal Superior de Justicia del País Vasco que en líneas generales confirmó la sentencia de la Audiencia de Gipuzkoa por un delito de asesinato.
Los hechos ocurrieron en la madrugada del 14 de marzo de 2020, tras un altercado verbal en un bar porque la víctima intentó bailar con su novia, el acusado abordó al fallecido en la plaza de Cataluña y allí le asestó 41 puñaladas.
Lo hizo con un cuchillo de cocina de 21,5 centímetros de largo que cogió en su vivienda, a la que se había dirigido tras la disputa, aunque después regresó de nuevo al pub, el cual abandonó junto a la víctima, quien presentaba un alto grado de intoxicación etílica.
Al llegar a la plaza de Cataluña y pese a que la víctima le dijo "vale, perdona, perdona, perdona", el acusado la abordó "de forma sorpresiva" con el cuchillo aprovechando su estado de embriaguez.
Tras el crimen, el autor volvió a su domicilio, donde estaba su novia, a la que conocía desde hacía unos dos meses y que vio a su pareja con la ropa ensangrentada y con un cuchillo. También observó cómo metía las prendas en una bolsa de basura, que arrojó a un lugar "que no ha podido ser determinado".
La mujer "no contó nada sobre los hechos que pudiera conocer" por temor a que su pareja pudiera hacerle algún daño a ella o a su familia.
En su recurso, el acusado pedía que se le aplicara una eximente, completa o incompleta, o atenuante de drogadicción al sostener que perpetró los hechos "estando completamente privado de sus facultades intelectivas y volitivas" en virtud de una alteración psíquica, así como por una ingesta abusiva de alcohol y drogas.
Pero el Supremo recuerda que la secuencia de actuaciones del acusado evidencia "una buena capacidad para comprender la realidad y actuar conforme a esa comprensión" porque no dio muerte a su víctima de forma impulsiva sino que abordó los hechos después de haber vuelto a su casa, armarse con un cuchillo, ocultar su identidad y regresar después a la discoteca para matarlo sin que nadie le viera.
Además de la pena de prisión, el Supremo ratifica los 3 años de libertad vigilada y el pago de una indemnización de 60.000 euros a la madre de la víctima y de 50.000 a la hermana.