Un matrimonio que regentaba una explotación ganadera en un caserío de Asteasu se enfrenta a una petición de cinco años y medio de cárcel por parte de la Fiscalía, que les acusa de vender corderos "sin la calificación de carne apta para el consumo humano" tras ser sacrificados por el "rito halal".

En su escrito de acusación provisional, el Ministerio Público también les responsabiliza de deshacerse de las vísceras y de los restos de los corderos arrojándolos a una regata que desemboca en el río Alkiza, con "evidente contaminación de las aguas" mediante un material que puede provocar enfermedades como la "fiebre Q" en humanos, entre otros riesgos.

Según la versión de la Fiscalía, los hechos, que serán juzgados este martes en la Sección Tercera de la Audiencia de Gipuzkoa, se remontan al año 2010, período durante el que los inculpados se habrían dedicado a vender ovejas y corderos "al público en general", entre el que figuraban "personas practicantes del rito musulmán" que procedían "al degüello del animal siguiendo el 'rito halal'", tras abonar entre 100 y 120 euros, "según el tamaño" del animal.

Seguidamente, el acusado presuntamente los despiezaba "sin ningún tipo de higiene, control sanitario ni examen veterinario" como exige la normativa vigente y comercializando la carne "sin la calificación de apta para el consumo humano", ya que "carecía de cualquier autorización sanitaria" para esta actividad.

El texto de la Fiscalía precisa que el encausado, "con conocimiento de su mujer", supuestamente se deshacía de las pieles de los animales, junto a sus vísceras y en algunos casos los cráneos, en la regata Sorgintzulo, a la que presuntamente los arrojaba dentro de sacos de pienso vacíos con capacidad para 50 kilos.

En concreto, el 20 de agosto de 2018 se habría desprendido de esta manera de al menos seis de estos sacos, que contenían "tripas de ganado y lana de oveja".

Tres días más tarde, el 23 de agosto el inculpado fue sorprendido por agentes de la Ertzaintza cuando estaba "despiezando" un cordero que había sido "abierto en canal" para uno de estos clientes.

El Ministerio Público recuerda en su documento que este tipo de vertidos contradicen distinta normativa europea, autonómica y foral que dispone medidas como la incineración de estos restos "para la prevención, control y erradicación de determinadas encefalopatías espongiformes transmisibles".

A raíz de estos hechos, tanto la Dirección de Salud Pública del Gobierno Vasco, como la Agencia Vasca del Agua y la Diputación Foral de Gipuzkoa iniciaron distintos expedientes sancionadores por la vía administrativa.

La Fiscalía considera que estos hechos son constitutivos de un delito contra los recursos naturales y el medio ambiente por el que reclama cinco años y medio para cada uno de los procesados, así como una multa de 7.200 euros, e inhabilitación para cualquier actividad relacionada con la explotación y cría de ganado de la especie bovina, ovina o caprina.