El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha validado la exigencia de perfiles de euskera en los requisitos de la OPE de la XXXI promoción de la Ertzaintza, convocada a finales de 2021, al considerar que el porcentaje de plazas abiertas a quienes no saben euskera es “amplio”.

La oferta incluía 424 plazas para la Ertzaintza y 69 para policías locales, y fue impugnada por un aspirante que quería acceder a la segunda fase del proceso y que consideraba “discriminatoria y desproporcionada” la exigencia lingüística.

Un tercio de plazas sin requisito lingüístico eliminatorio

El juzgado de lo Contencioso-administrativo número 2 de Vitoria ya había rechazado el recurso al entender que las bases se ajustaban “plenamente a derecho”, decisión que ahora confirma el TSJPV.

El alto tribunal centra su análisis en la Ertzaintza —ya que la pretensión del demandante era ingresar en este cuerpo— y no en las policías locales.

En la convocatoria había 279 plazas con perfil lingüístico vencido (el euskera es requisito de acceso) y 145 con perfil no vencido, en las que el conocimiento del idioma puede acreditarse más adelante, lo que implica que quienes no saben euskera podían optar a aproximadamente un tercio de las plazas.

Cooficialidad y proporcionalidad de la medida

Según la sentencia, ese porcentaje guarda relación con la distribución social del conocimiento del euskera, ya que los datos del Eustat reflejan que el 43,31% de la población es euskaldun y el 19,09% cuasi-euskaldun. Para el tribunal, permitir el acceso sin requisito eliminatorio en ese tercio de plazas supone que los aspirantes sin euskera “disponen de un número amplio de plazas a las que incorporarse”.

Además, la exigencia lingüística “no aparenta arbitrariedad” porque responde a las obligaciones derivadas de la cooficialidad lingüística reconocida en la Constitución y el Estatuto, que garantizan el derecho de la ciudadanía a usar ambas lenguas y obligan a las instituciones a facilitarlo. Por todo ello, el TSJPV descarta que exista desproporción y rechaza el recurso, aunque el aspirante aún puede recurrir en casación ante el Tribunal Supremo.