La clínica Askabide de Vitoria, que practica interrupciones voluntarias del embarazo, recurrirá la absolución de los 21 antiabortistas que han sido absueltos del delito de coacciones del que se les acusaba por haberse concentrado en 2022 para rezar en las inmediaciones del centro médico.

La titular del juzgado de lo penal número 1 de la capital alavesa ha considerado que los procesados no tuvieron un comportamiento "coactivo" porque "nunca observaron actitudes violentas".

Fueron, señala la magistrada en la sentencia, concentraciones impulsadas por el movimiento 40 días por la vida para rezar en las que siempre hubo "un comportamiento correcto y educado" y no se increpó o agredió a nadie, ni se impidió el paso y no hubo "eslóganes amenazantes".

La letrada de la acusación particular ejercida por la clínica Askabide, Beatriz Ilardia, ha anunciado que recurrirá la sentencia ante la Audiencia Provincial de Álava y que su intención es "agotar la vía judicial".

No ha tenido en cuenta la modificación de la ley

En su opinión, la jueza ha ponderado la ausencia de comportamientos violentos o insultos para absolver a los acusados, pero no ha tenido en cuenta la modificación aprobada en 2022 del Código Penal, para introducir un nuevo artículo, el 172 quater, que busca precisamente castigar a quien "obstaculiza el ejercicio del derecho a la interrupción voluntaria del embarazo".

La magistrada, argumentado la abogada de la acusación particular, ha hecho una lectura de los hechos basada en el concepto de orden público cuando el espíritu del 172 quater va más allá de esa visión y trata de que las mujeres puedan ejercer sus derechos "sin ser hostigadas".

Esta sentencia, añade Ilardia, "corre el riesgo de vaciar de contenido" el citado artículo, porque "no se ajusta a su espíritu" que es dar "un perímetro de seguridad" a las clínicas donde se practican interrupciones del embarazo.