El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha revocado la sentencia de un juzgado de Eibar y ha condenado a Ifam Seguridad SLD a indemnizar con 136.486 euros a la viuda y el hijo de un trabajador de esta empresa que falleció por un mesotelioma pleural causado por el amianto.

La Sala de lo Social del TSJPV ha estimado el recurso de suplicación de la viuda e hijo de Julio Z.E y ha revocado la sentencia del Juzgado de lo Social de Eibar, ha informado la Asociación de Víctimas del Amianto de Euskadi (Asviamie) en un comunicado.

EL TSJPV condena a Ifam Seguridad SLD, situada en Arrasate, a indemnizar con 108.622,29 euros a la viuda y 27.864,42 a su hijo, lo que suma un total de 136.486,71 euros, más el interés legal, por "daños morales causados por su fallecimiento".

Julio Z.E nacido en 1954, trabajó entre 1972 y 2013 en Feliciano Aranzabal y desde enero de 2014 a junio de 2015 en la sucesora de esa empresa, Ifam Seguridad SDL, cuando se le diagnosticó un Mesotelioma Epitelioide en el Hospital de Txagorritxu de Vitoria.

En octubre de 2015 el Instituto Nacional de la Seguridad Social lo declaró con una incapacidad permanente absoluta derivada de enfermedad profesional, por la que falleció el 24 de mayo de 2022.

En agosto de ese año le fueron reconocidas a la viuda las prestaciones derivadas de enfermedad profesional, explica Asviamie.

El afectado presentó además una demanda de daños contra la empresa en el Juzgado de lo Social de Eibar que concluyó con un acuerdo conciliatorio.

Asimismo, llevó a cabo un procedimiento de recargo por falta de medidas de seguridad y el Juzgado de lo Social condenó a la empresa a pagar un recargo del 40 % de las prestaciones de Seguridad Social reconocidas al trabajador.

Tras el fallecimiento, en mayo 2022 la viuda y el hijo presentaron demanda daños contra Ifam Seguridad, que fue desestimada por el Juzgado de lo Social de Eibar, que alegó que el trabajador ya había sido indemnizado seis años antes de fallecer en el acuerdo alcanzado en 2016.

El TSJPV señala ahora que "no existe ninguna base legal y tampoco razón alguna para sostener la incompatibilidad entre las indemnizaciones por lesiones permanentes reclamadas por los demandantes en su condición de herederos del causante, y las indemnizaciones por muerte, solicitadas como perjudicadas por su óbito".

Por ello este tribunal revoca la sentencia del Juzgado de lo Social de Éibar y condena a Ifam Seguridad a indemnizar con 136.486,71 euros a la viuda e hijo del trabajador fallecido.